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Judiciales

Daniel Solano, 6 años de búsqueda

Después de mucho tiempo de incertidumbre, la Justicia avanza en la causa y deberá resolver la situación de siete policías acusados de haber desaparecido al joven salteño.

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El jagüel es un pozo de decenas de metros de profundidad, ubicado en el campo “La Manuela” en el kilómetro 977 de la Ruta Nacional N° 22, a 28 kilómetros de Choele Choel, donde se presume fueron arrojados los restos de Daniel Solano. Dos años tardó la justicia en autorizar el procedimiento. La familia de Daniel, junto con sus abogados, solicitan al Poder Ejecutivo que garantice los medios económicos para la “bajada al jagüel” autorizada por la justicia el 18 de octubre.

Para exigir verdad y justicia, el 5 de noviembre pasado, la Comisión de Familiares y Amigos de Daniel Solano y la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de Luis Beltrán, realizaron una marcha y festival artístico en la Isla 92 de Choele Choel, denominada “Seis años sin Daniel”.

La causa por la desaparición y homicidio de Daniel Solano será resuelta por la justicia Penal rionegrina, según resolvió la Corte Suprema de Justicia. Ahora la Cámara Segunda de Roca deberá fijar la fecha para el juicio contra los siete policías acusados de haber asesinado al joven trabajador salteño, en la madrugada del 5 de noviembre del 2011.

Su familia asegura que lo secuestraron después de que propuso a sus compañeros protestar por los bajos salarios. El joven de 26 años, viajó a Río Negro desde Tartagal, Salta. De origen guaraní, fue contratado por la empresa Agro Cosecha SRL para trabajar en Expofrut Univeg.

La desaparición de Daniel evidencia la explotación laboral que ejerce la empresa monopólica de la fruta en la región. En un aspecto, porque utiliza a empresas fantasmas que convocan a trabajadores golondrina, para hacinarlos en las chacras, apropiándose de su salario y en muchas ocasiones dejándolos librados a su suerte si no responden como la empresa requiere. Además, el predio de Expofrut era custodiado por agentes del grupo BORA que realizaban adicionales de seguridad. Los trabajadores los denunciaron por maltrato. Desde 2011 Expofrut es presidida por Fernando Oris de Roa, recientemente designado embajador en Estados Unidos.

En agosto de 2016, Cristian Bonin, cura párroco de Choele Choel, denunció ante la justicia haber recibido mensajes intimidatorios, atribuidos a su acompañamiento a abogados y familia Solano quienes mantienen un acampe frente al Juzgado Nº 30 de la ciudad.

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Judiciales

Más de 500 personas se divorciaron en Río Negro en lo que va del año

Se ubicó por debajo de los registros anuales de los últimos años.

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Durante el primer semestre de 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro recibieron 593 causas por divorcio. El dato corresponde únicamente al período enero-junio y se ubicó por debajo de los registros anuales de los últimos años.

En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.

Los procesos de divorcio tramitan en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y General Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.

La disolución del vínculo matrimonial se encuentra regulada por el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación. La normativa permite que el divorcio sea solicitado por una o por ambas personas del matrimonio, y establece que debe ser declarado judicialmente.

Durante el mismo semestre, el fuero de Familia registró un total de 10.357 causas. Esa cifra representó un aumento del 10,26 % respecto del primer semestre de 2024, cuando se iniciaron 9.393 expedientes.

El informe, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ), detalló que los procesos abarcaron diversos tipos de trámites: alimentos, divorcios, homologaciones, internaciones, guarda con fines adoptivos, restituciones y otros asuntos vinculados a relaciones familiares. Entre ellos, 6.485 causas se encuadraron en situaciones de violencia intrafamiliar o de género.

La distribución territorial mostró que la Segunda Circunscripción judicial agrupó el 43,7 % de los ingresos. Le siguieron la Cuarta con el 21,8 %, la Tercera con el 19,8 % y la Primera con el 14,5 %.

En el mismo período, el fuero dictó 4.573 sentencias y realizó 407 audiencias en temas relacionados con niñez y adolescencia.

Los datos forman parte del sistema de información judicial desarrollado por el STJ para monitorear la actividad de los distintos fueros e identificar tendencias en el volumen de causas.

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Causa Techo Digno: Ex intendentes y empresarios en el banquillo

La Fiscalía imputó a Baratti y Tortoriello, y a tres empresarios por administración fraudulenta y peculado.

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Este jueves (02/10) se inició en Cipolletti la audiencia de control de acusación en la causa que investiga presuntas irregularidades en la ejecución del programa federal de viviendas Techo Digno. Los imputados son los ex intendentes Abel Baratti y Aníbal Tortoriello, la ex funcionaria municipal Lucila Chiocconi y los empresarios Arturo Mendiberri, Domingo Mocciola y José Daniel Zoppi.

Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, durante las gestiones de Baratti y Tortoriello se habrían realizado sobrepagos millonarios y desvío de fondos destinados a la construcción de 404 viviendas. La Fiscalía detalló que entre junio y diciembre de 2015 se pagaron más de $16,5 millones en exceso durante la administración de Baratti, mientras que en el inicio de la gestión de Tortoriello los pagos irregulares superaron los $21,9 millones.

A esto se suman los informes del IPPV, que detectaron avances físicos menores a los certificados por las empresas, lo que derivó en sobrecertificaciones. También se imputó la sustracción de fondos de la cuenta específica del programa hacia otras cuentas municipales.

La Fiscalía imputó a los ex intendentes los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en concurso real con peculado, en carácter de autores. En tanto, la ex funcionaria contable y los empresarios fueron acusados como partícipes necesarios.

Por su parte, las defensas solicitaron el sobreseimiento por prescripción de la acción penal. Ante esto, la jueza resolvió suspender la audiencia hasta contar con los informes de antecedentes penales de los ex jefes comunales, ya que la existencia de condenas previas podría modificar el análisis legal.

Las causas vinculadas al programa Techo Digno se investigan en varias localidades de Río Negro y avanzan en diferentes etapas procesales, con intendentes, ex funcionarios, cooperativistas y empresarios involucrados.

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Judiciales

Juicio Solano II: Los tres policías fueron declarados «no culpables»

Determinaron la culpabilidad de Etchegaray sólo en el delito de vejaciones.

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El Tribunal de Juicio de Roca dio a conocer hoy (02/10) el veredicto de culpabilidad de Walter Raúl Etchegaray por el delito de vejaciones. Además, se dictaminó su no culpabilidad como partícipe necesario en el homicidio agravado de Daniel Solano.

Respecto de Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz, se determinó la no culpabilidad por encubrimiento agravado en el homicidio y por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

La decisión fue tomada por unanimidad. El juicio de cesura determinará ahora el monto de la pena correspondiente al acusado.

El debate oral y público se realizó entre el 22 y el 29 de septiembre. El Tribunal estuvo conformado por los jueces Alejandro Pellizzón, Maximiliano Camarda y Natalia González. La querella fue representada por Leandro Aparicio. La defensa estuvo a cargo de Nicolás Suárez Colman, Miguel Salomón y Gustavo Viecens, mientras que la Fiscalía fue representada por María Teresa Giuffrida.

El Tribunal expuso de manera sintética los fundamentos del veredicto de culpabilidad de Etchegaray. La sentencia completa se dará a conocer al finalizar el proceso, junto con la imposición de la pena.

«Este Tribunal ha llegado a la conclusión de que la prueba aportada no fue suficiente para determinar la culpabilidad de Toledo y Muñoz. La Fiscalía basó su pedido condenatorio en suposiciones carentes de sustento probatorio o en un análisis parcial de los testimonios. Una cosa es alegar y otra muy distinta es probar», explicó Camarda.

«El Tribunal entendió que la prueba producida en el juicio no alcanzó para establecer la responsabilidad de los imputados Toledo y Muñoz como autores de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real con encubrimiento agravado», agregó.

La misma decisión se tomó respecto del imputado Walter Raúl Etchegaray. Para el Tribunal, no se probó el dolo en su conducta. En cambio, se dictó su culpabilidad por el delito de vejaciones.

La Oficina Judicial fijará la audiencia de cesura para determinar la pena a imponer. Las partes deberán ofrecer pruebas dentro de los cinco días hábiles.

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