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Río Negro

Presentaron el Código de Tierras Fiscales Provinciales

Ahora será remitido al Parlamento rionegrino para su tratamiento sobre tablas.

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El gobernador Alberto Weretilneck presidió hoy en el Salón Gris de Casa de Gobierno la presentación del Código de Tierras Fiscales Provinciales, que será remitido a la Legislatura para su tratamiento. La iniciativa tiene el objetivo de reemplazar un marco normativo con leyes dispersas y desactualizadas por un solo cuerpo, con previsiones modernas que otorguen las herramientas para el desarrollo productivo de la provincia.

Acompañaron al Mandatario, el secretario general de la Gobernación, Matías Rulli; los ministros de Gobierno, Luis Di Giácomo; de Obras y Servicios Públicos, Carlos Valeri; y de Seguridad y Justicia, Gastón Pérez Estevan; el secretario de Estado de Trabajo, Lucas Pica; el director de Tierras, Diego Lawrie y el asesor legal de la Dirección de Tierras, Enrique Álvarez Costa. También participaron las legisladoras Sandra Recalt y Graciela Vadebenito, autoridades provinciales y público en general.

El Ministro Di Giácomo destacó que el nuevo código demandó “el trabajo de más de un año por parte de un equipo de jóvenes, ayudados a la vez por la gente de mayor experiencia, de la Dirección de Tierras”.

Recordó que esta área cuando se llegó con la gestión del gobernador Alberto Weretilneck “era noticia por los allanamientos, los juicios, la aparición permanente de situaciones irregulares, y ahora no sólo se fue trabajando el día a día para llegar con respuestas a los pobladores y a las regiones, sino que se abordó la cuestión estratégica y de planificación con la redacción de este código”.

Señaló que la intención “es presentarlo ahora en la Legislatura y abrir el abanico de consultas a partir de allí, a las distintas organizaciones de la sociedad, los sectores profesionales involucrados en este tipo de cuestiones, las sociedades rurales, las comunidades originarias, los núcleos de pobladores o interesados, al igual que el ámbito académico”.

Dijo que “la idea es que este debate se extienda por todo el tiempo que sea necesario, para que finalmente en base a esta estructura básica que se elaboró desde la Dirección de Tierras, podamos llegar a un código que nos asegure una ocupación efectiva por parte del Estado provincial de lo que son nuestros recursos, con el cuidado del medio ambiente”.

Di Giácomo mencionó además que “hay áreas que seguramente van a tener muchísima discusión y debate, por ejemplo, nosotros hemos optado con respecto a lo que significa la tenencia y la cantidad de tenencia de tierras a favor de extranjeros o sociedades extranjeras, continuar con el régimen vigente de la provincia, ya que estamos viendo que la ley nacional tiene sus fluctuaciones hacia un lado y hacia otro”.

Contenido del Código

El asesor de la Dirección de Tierras, Enrique Álvarez Costa, explicó los ejes fundamentales del nuevo código, señalando que se reemplaza un marco normativo con leyes dispersas y vetustas por uno que congrega las disposiciones aisladas en un mismo cuerpo, con previsiones modernas y futuristas desde lo productivo.

Se crea así un compendio legal con proyección a los próximos 50 años y se transparentan los mecanismos a través de la publicidad de los actos vinculados a las tierras fiscales. No se admitirán excepciones al régimen, limitándose la discrecionalidad de los funcionarios que intervienen, siendo necesaria una ley especial para cualquier caso que escape a las previsiones contempladas.

Con la iniciativa se reforma el sistema de tasación en diversos aspectos; el precio de la tierra no será fijado por el funcionario a cargo de la Dirección de Tierras sino que surgirá de un trabajo interdisciplinario en el que converjan actores públicos y estatales.

Asimismo, se discrimina el valor de venta según condiciones subjetivas y objetivas, incorporando el concepto de precio de mercado a abonar en determinados casos. Entre otros ejes, mencionó que se realza la protección del medio ambiente, castigando a quien no cumpla con las directivas emanadas de la correspondiente autoridad de aplicación.

En este marco, Álvarez Costa destacó que se empodera a diversos Municipios a través de la facultad del Ejecutivo de transferir a su patrimonio las tierras fiscales provinciales ubicadas en sus cascos urbanos.

Dijo que de esta forma, se termina con décadas en las que las autoridades locales fueron rehenes de la Provincia a la hora de querer diseñar el crecimiento de sus ciudades y administrar las tierras de sus ciudadanos y, consecuentemente, se agiliza el acceso a la vivienda en dichos poblados.

Indicó que “se establece un mecanismo ágil y transparente para que puedan acceder al título de propiedad los pobladores rurales que han ocupado por 20 años o más el campo y mantenido en producción el mismo así como se otorgará igual beneficio a quienes se asentaron y construyeron su hogar en las Comisiones de Fomento”.

“De esta forma, se brinda seguridad jurídica en la tenencia de la tierra, cumpliéndose con un mandato que se plasma en el derecho internacional y posee plena vigencia en el ámbito interno”, señaló.

Por otra parte, se prevé la posibilidad de entregar en uso y explotación campos ubicados en áreas naturales protegidas pero manteniendo la propiedad de la tierra en cabeza de la Provincia.

Álvarez Costa explicó respecto a la realidad actual en esta temática que “el marco legal se divide en dos grandes ejes, el ámbito rural con la ley Q 279 y el ámbito urbano la ley 1452”.

Asimismo, indicó que “en el ámbito rural entre campos, chacras e islas tenemos aproximadamente 3.500.000 de hectáreas y en la región urbana administramos la totalidad de los ejidos de comisiones de fomento y parte importante de cascos urbanos de algunos municipios”.

Recordó que Ley Q 279 fue sancionada en 1961 y tenía un fin colonialista, de fomentar el arraigo rural y asentamiento de nuevas familias productoras.

Indicó que de esa norma quedó desactualizado que sólo se permitían como rubros productivos la agricultura, ganadería y forestación, pero “en la actualidad tenemos muchos requerimientos para otras actividades, por ejemplo, el turismo rural, la producción minera, principalmente a través de la explotación de canteras, y el turismo tradicional”, entre otros.

Establecer un código permite congregar previsiones para el ámbito rural y urbano en una misma ley, reúne normas dispersas y modificaciones generadas aisladamente, elimina cualquier vestigio de antagonismo y brinda armonía y coherencia administrativo – legal.

De esta manera, el plan de regularización que se plantea en la zona rural prevé un cristalino mecanismo de adjudicación que posibilita lograr el título de propiedad a familias rurales de probado asentamiento y producción así como a habitantes de Comisiones de Fomento que hayan construido su hogar. Así se otorga seguridad jurídica en la tenencia de la tierra a los pobladores con probada ocupación al 31/12/2015.

Respecto a la regularización en la zona urbana, se plantea una adjudicación directa del título de propiedad con los requisitos de 5 años de antigüedad, vivienda con condiciones de higiene y habitabilidad, terreno mensurado y no tener otra parcela afectada a mismo destino en misma Comisión de Fomento, mientras que se contempla una adjudicación indirecta que otorga plazo para quienes no cumplan todos los requisitos y exige un piso de 5 años de ocupación.

Respecto al precio de la tierra, surgirá de un Cuerpo Interdisciplinario integrado por sector público y colegios profesionales idóneos en tasaciones, se prevé la participación técnica de universidades y otras entidades académicas; un valor de venta venal o de mercado para sociedades comerciales y un valor diferenciado para personas físicas según factores objetivos, como la ubicación del inmueble, acceso a vías de comunicación, cursos de agua, belleza escénica, etc., y factores subjetivos: antigüedad del ocupante, mejoras introducidas, gastos de mensura, residencia efectiva, etc.

Concluyó que se reemplaza un desactualizado marco legal por un andamiaje normativo moderno, transparente, rígido y coherente, pensado con múltiples propósitos, se adecúan las leyes a las demandas actuales; se prevén las herramientas para el desarrollo productivo de la Provincia de las próximas generaciones; se protege el patrimonio público, limitando la discrecionalidad en la toma de decisiones de los funcionarios intervinientes; se otorga transparencia y publicidad a las titularizaciones y se enfatiza la protección del medio ambiente.

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Judiciales

Recién a los 17 años logró que se inscriba su nacimiento y a los 30, que su mamá la reconozca

De esta manera, tras tres décadas, la mujer pudo completar su identidad.

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En su adolescencia, una joven solicitó judicialmente que el Registro Civil inscriba su nacimiento «fuera de término». Lo logró, pero en ese momento no pudo determinarse la filiación materna ni paterna.

Más de una década después, se presentó nuevamente en sede judicial porque tenía nuevos datos. Una señora la había reconocido públicamente como su hija biológica, «sin perjuicio de que la presentó en algunas oportunidades como hija de una amiga fallecida».

Según expresó, «esta situación le provocaba una negación a su identidad, truncaba sus posibilidades de estudio, controles de salud y la posibilidad de que su propia descendencia conociera su origen por la rama materna».

Ya en el expediente ante una jueza de Familia de Viedma, la mujer reconoció que quien inició la demanda es su hija biológica. Había nacido en un hospital de una provincia vecina «en una etapa difícil de su vida».

La mamá luego tuvo dos hijos más. En total, seis. De esta manera, brindó su consentimiento para llevar adelante la prueba genética.

Así, el Cuerpo de Investigación Forense de la Primera Circunscripción Judicial realizó la extracción de sangre «mediante la punción de un pulpejo de dedo de la mano izquierda» en ambas mujeres.

Finalmente se produjo el Informe Pericial del Laboratorio Regional de Genética Forense. Efectivamente, eran madre e hija con una certeza superior al 99,99999998%.

La jueza recordó que «pasados más de treinta años del nacimiento y por la inacción de la demandada con respecto a la identidad» de su hija, esta «se vio en la necesidad de instar la acción de filiación para corroborar su realidad biológica, a pesar del reconocimiento público, y dejar asentada la maternidad en su partida de nacimiento».

Explicó que «la acción se encuentra encuadrada en el actual art. 582 del CCyC que permite al hijo/a reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores, sin hacer distinción si se trata de un reclamo de emplazamiento de la maternidad o de la paternidad».

Tuvo en cuenta que «la jurisprudencia ha erigido a la prueba genética de la filiación como la prueba por excelencia». De esta manera, hizo lugar a la demanda de la mujer, que pudo completar su identidad.

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Río Negro

Estudiantes de Río Negro ya pueden acceder a sus títulos de manera digital

La provincia, a través de la cartera educativa, avanza en el proceso de modernización.

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En Río Negro a partir de ahora los títulos de Educación Secundaria y Superior son digitales, y los estudiantes pueden acceder a los mismos de manera más ágil y rápida. De esta forma, la provincia sigue impulsado acciones que modernizan las gestiones, da mayor celeridad a los trámites y colaboran con la despapelización de la administración pública.

Las personas interesadas tienen la posibilidad de descargarlo a través del sistema de Trámites y Consultas del Ministerio de Educación y Derechos Humanos. Además, el título se puede descargar cuantas veces sea necesario y siempre estará disponible, por lo que ya no será necesario hacer trámites por extravío de título.

En este sentido, el referente a cargo del área de Títulos del Ministerio, Facundo Grazioli, indicó que se trata de «un título que con la legalización y firma digital de la provincia tiene garantizada la movilidad en el resto de las provincias de Argentina. La aplicación de este nuevo sistema implica una gran modernización en el sistema educativo que ya lo venimos transitando en los últimos años con la adecuación que se ha ido haciendo del Sistema de Administración y Gestión Educativa (SAGE)».

El Sistema de Títulos Digitales fue aprobado por el Consejo Federal de Educación, a través de la Resolución Nº 440/23 e implementado en Río Negro por Resolución del CPE Nº 1521/24 y abarca los títulos de Educación Secundaria y de Educación Superior completa.

De esta manera, toda la información de los títulos emitidos por cada una de las provincias queda en el Registro Federal de Egreso y es de acceso público, lo que permite la movilidad de los estudiantes por todas las jurisdicciones del país, sin tener que hacer gestiones presenciales de legalización o certificación de títulos.

Este nuevo sistema permite la emisión de títulos de forma constante; que instituciones públicas, privadas o a cualquier interesado, constante la autenticidad de un título. Además, elimina la utilización de planillas de papel moneda, permite una información estadística de la emisión de títulos en tiempo real y aumenta las condiciones de seguridad de los títulos ya que son validados en Blockchain.

En este sentido, Grazioli explicó que la emisión del este título digital «es un proceso paulatino que depende de la capacidad operativa del área y de que vayamos legalizando los títulos para que ellos puedan acceder. Van a poder encontrar los títulos digitales todos los egresados 2023, a medida que vayamos legalizando. Las instituciones ya están haciendo los títulos, estamos en comunicación constante y de a poco irán comunicando a los estudiantes para que ingresen a descargarlo».

Los y las estudiantes egresados en 2023 podrán descargar su certificado analítico ingresando a través de Trámites y Consultas a su legajo personal, seleccionando la solapa «Estudiantes- Títulos».

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Política

Río Negro vende sus aviones sanitarios por motivos económicos y operativos

Un informe concluyó que resulta un perjuicio económico para la Provincia mantener en su patrimonio la aeronave.

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Después de un exhaustivo análisis respaldado por el asesoramiento de un ingeniero aeronáutico de vasta trayectoria, el gobernador Alberto Weretilneck decidió desprenderse de la aeronave Cessna Citation V Ultra LV-KFV, propiedad del Estado, por resultar antieconómico. La Provincia también venderá la aeronave Piper Azteca bimotor de seis plazas, recuperada en 2019.

Desde su adquisición, el costo operativo del Cessna por kilómetro de vuelo sanitario realizado ha sido para el Estado Provincial más del triple que si hubiera contratado el mismo servicio en el sector privado. La aeronave Cessna Citation se encuentra en estado aeronavegable, apta para su operación, pero no posee actualmente la habilitación para realizar la operación de Servicio de Transporte Aéreo Sanitario (RAAC 119 y 135, STAS), sino que se encuentra habilitada únicamente para aviación general y evacuación sanitaria (RAAC 91).

De acuerdo al informe del Ingeniero Aeronáutico Kornisiuk, se concluyó que resulta un perjuicio económico para la Provincia mantener en su patrimonio la aeronave y proveerse de servicios de vuelos sanitarios por administración a través de la misma, siendo económica y operativamente más conveniente y menos riesgoso contratar el servicio de vuelos sanitarios con prestadores privados.

Se advierte en esta instancia, que llamativamente el procedimiento de adquisición de la aeronave encarado por la Provincia de Río Negro en el año 2019 no estuvo precedido de un estudio de mercado que demostrara la conveniencia para los intereses del Estado Provincial, de adquirir una aeronave de estas características para cubrir las necesidades de vuelos sanitarios.

El costo de operación y mantenimiento de la aeronave ha sido significativamente alto, superando los $18,10 por kilómetro de vuelo sanitario, en comparación con los $6 a $7 que costaría contratar el mismo servicio con un proveedor privado.

En relación a la proyección de erogaciones futuras hay que tener presente que según los informes y el asesoramiento recabado, los costos que se estiman erogar en el corto plazo ascienden a la suma de USD 845.699, por mantenimiento programado y correctivo.

Cabe señalar que la tasa de utilización de la aeronave por parte del Estado Provincial es baja, con un promedio de apenas dos vuelos sanitarios por mes desde su adquisición hasta finales de 2023, lo que incrementa el costo operativo por kilómetro recorrido.

La gestión administrativa y los esfuerzos para mantener y operar el avión propio son considerables, involucrando la coordinación de diversas tareas y jurisdicciones. Ninguno de los pilotos contratados por la Provincia cumple con las horas de vuelo necesarias para actuar como comandantes, lo que ha llevado en ocasiones a operar la aeronave asumiendo riesgos no recomendados.

El Estado de Río Negro ha erogado un total de USD 4.995.499,93 en la operación y mantenimiento desde su adquisición hasta marzo de 2024. De esta suma, USD 3.500.000 corresponden al costo de la aeronave, incluyendo otros gastos asociados. Esto implica que los costos operativos ascendieron a USD 1.495.499,93.

Durante este período, el avión realizó 40 vuelos sanitarios, recorriendo 82.589 kilómetros en total. Esto significa que el costo por kilómetro de vuelo sanitario para la provincia fue de más de USD 18,10, calculado dividiendo el costo operativo total por la distancia recorrida.

En tanto, se prevé un próximo mantenimiento en julio de 2024, con un costo pendiente de USD 121.500 a cargo de la empresa vendedora. Ante estas dificultades y considerando que el costo operativo ha sido más del triple que si se hubiera contratado el servicio con un proveedor privado, el gobernador Weretilneck avanzará con la venta, junto con el equipo sanitario, mediante licitación pública para garantizar transparencia y obtener el mejor precio posible.

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