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Seis meses de prisión en suspenso a chofer por «abuso sexual simple» a una menor

Ocurrió en octubre del 2014, cuando el chofer detuvo la marcha y «manoseó» a una menor de 14 años, a la que traía de regreso a casa después de la escuela.

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La Cámara Criminal Segunda de Roca condenó a un chofer de colectivos por el delito de «abuso sexual simple» del que resultó víctima una pasajera de 14 años de edad en esta ciudad. Los jueces Oscar Gatti (voto rector), María Evelina García Balduini y Gastón Martín le impusieron la pena solicitada por el Fiscal de Cámara subrogante Miguel Fernández Jahde y la Defensora de Menores Alicia Terraza, de seis meses de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta, entre las cuales figuran las obligaciones de «presentarse mensualmente» ante el Tribunal y «mantener la prohibición de acercamiento» a la víctima en un radio de 100 metros, todo bajo apercibimiento de ordenarse su detención.

El imputado D.A.H., de 40 años, prestaba servicio en la empresa de transporte urbano 18 de Mayo y realizaba el recorrido de regreso de una escuela secundaria de la zona rural hacia el centro de Roca. El hecho ocurrió a fines de octubre de 2014 y fue denunciado en sede policial por la mamá de la adolescente apenas la víctima se lo relató.

Según se tuvo por acreditado con la prueba producida durante el juicio oral, esa tarde el chofer y la menor de edad quedaron solos en el micro luego de que descendiera el último pasajero en una chacra. Tras eso, «detuvo la marcha en la banquina de la Ruta Nacional N° 22, hizo como que limpiaba el colectivo, cerraba las ventanillas y manoseó a la menor por sobre la ropa», para finalmente regresar al volante y proseguir el viaje hasta el lugar donde descendió la estudiante.

La Fiscalía destacó la «firme imputación» que hizo la menor de edad al declarar en Cámara Gesell y la situación de «preeminencia» del chofer sobre la víctima, tanto por su función como por ser el padre de un amigo de la adolescente. También señaló que después del hecho «la menor tuvo tratamiento psicológico» y el director del colegio advirtió en ella «importantes del cambio de actitud». En su alegato solicitó la pena mínima legal prevista por el Código Penal, criterio al que adhirió la Defensoría de Menores. En tanto que el defensor particular, Dr. Roberto Arias, solicitó la absolución afirmando que «el imputado no realizó ninguna conducta delictiva».

La sentencia de Cámara concluyó que «la hipótesis de descargo ensayada por el incusado y que fuera sostenida por su abogado defensor en el juicio se ve plenamente desvirtuada por el testimonio brindado por la víctima (…) el cual, a su vez, no constituye la única prueba de cargo que pesa sobre el encartado. Sino que por el contrario se ve solventado con el testimonio de su madre (…), con más el testimonio brindado por el director de la escuela, (…) aunados a los informes y pericias psicológicas».

«Vemos entonces que la incriminación que de manera directa, segura y precisa le dirige la víctima a su victimario se ve corroborada por el bagaje probatorio que fuera detallado (…), que si bien no es abundante, emerge como suficiente. Por cuanto surgen del mismo diversos indicios que por su correlación y concordancia, al ser valorados conjuntamente, no hacen otra cosa que sustentar la imputación que pesa sobre D.A.H», concluyó el Tribunal.

Durante el debate, la mamá de la adolescente declaró que su hija «no lo quería contar porque se sentía culpable por lo sucedido y no quería hacer la denuncia porque H. es el padre de su amigo».

Entre otros elementos, los jueces valoraron «conjuntamente los dichos que la madre y el director de la escuela», ya que ambos coincidieron en que «luego del hecho la menor cambió de actitud, mostrándose más triste y callada, a la vez que bajó su rendimiento académico en el colegio».

«La postura adoptada por la defensa (…) sólo descansa en la férrea negativa del hecho por parte del enjuiciado y se encuentra huérfana de todo otro elemento, al menos indiciario, que derribe la acusación (…) máxime si se meritúa que no surge de estos actuados prueba alguna que nos permita sospechar de algún tipo de animosidad o venganza de la denunciante para con el imputado y mucho menos se advierte ‘manipulación’ alguna de la menor víctima para que declare en tal sentido», señaló la Cámara en su sentencia.

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Judiciales

La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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Judiciales

Inició el juicio contra un ginecólogo de Roca denunciado por abuso sexual

El hecho ocurrió en el año 2021.

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Esta mañana (19/04) declararon varios testigos en el debate que inició hoy acerca de un abuso sexual simple que habría ocurrido en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en una clínica privada de General Roca.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Restan, para la próxima jornada, que presten testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa. Finalmente se escucharán los alegatos de clausura de las partes respecto de esta primera etapa del debate.

La calificación legal por la cual el hombre está imputado es la de «abuso sexual simple», según los Artículos 45, 119 primer párrafo, última parte del Código Penal, e interviene en el juicio un Tribunal unipersonal.

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Judiciales

Se realizó la tercera audiencia por la ocupación del edificio de la ex Estación en Roca

Es en busca de llegar a un acuerdo. Hay ocho personas imputadas.

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Ayer miércoles (17/04) se llevó a cabo la tercera audiencia de mediación entre el Municipio de Roca y referentes de la Biblioteca de Arte y Cultura Popular que llevan adelante la ocupación de una de las oficinas en la ex Estación de Ferrocarril.

El Municipio ofreció distintos espacios alternativos para posibilitar el funcionamiento de la Biblioteca, garantizando las condiciones edilicias necesarias para su correspondiente habilitación, dado que la oficina de la ex Estación no dispone de baño y por ello es inviable su funcionamiento como biblioteca y/o taller.

«Teniendo en cuenta el valor cultural de la Biblioteca, el Municipio viene realizando este ofrecimiento de espacios alternativos adecuados para su funcionamiento, desde las instancias de diálogo previas a la ocupación de la oficina de la ex Estación. La propuesta municipal se reiteró luego en cada una de las Audiencias pactadas por la Justicia», indicaron desde la comuna roquense.

*Historia de la Biblioteca de la Estación

En el edificio ubicado en la Estación de Ferrocarril que custodia y administra el Municipio de Roca, funcionan las Direcciones de Turismo y de Cultura. Además en año 2012 a través de la firma de un convenio se le cedió temporalmente un espacio en dicho edificio al Teatro de la Estación para el funcionamiento de diversas actividades culturales, entre ellas una Biblioteca de Arte.

Ambas agrupaciones (Teatro de la Estación y Biblioteca de Arte) convivieron inicialmente de manera armónica, compartiendo sanitarios para uso de los asistentes. Sin embargo, con el correr del tiempo, la Comisión Directiva del Teatro decide en el año 2022 dar de baja el préstamo del espacio a la Biblioteca de Arte, notificando de esta situación al Municipio mediante nota y desligándose de toda responsabilidad del uso de la oficina.

De esta forma, el grupo a cargo de la Biblioteca de Arte deja de disponer del préstamo de la oficina y de los sanitarios que anteriormente compartía con «Teatro de la Estación». Paralelamente la oficina donde estaba instalada la Biblioteca deja de ser utilizada, encontrándose el espacio en estado de abandono.

Por todo ello y ante la necesidad de disponer de dicha oficina por parte de la Dirección de Turismo, el Municipio ofrece la reubicación de la Biblioteca en otro espacio que disponga de los servicios y elementos acordes para su correcto funcionamiento, pone en resguardo los libros y elementos culturales que allí se encontraban, e inicia los trabajos de acondicionamiento de la oficina.

El 14 de marzo pasado, rechazando la propuesta de reubicación, referentes de la Biblioteca irrumpen en la oficina y la ocupan. El Municipio realiza la denuncia correspondiente y toma intervención la Justicia formulando cargos contra los ocupantes y estableciendo una instancia de mediación.

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