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Dictan en Roca tres condenas de prisión efectiva por abusos sexuales contra menores

Las víctimas tenían 9, 12 y 13 años cuando sucedieron los hechos. Hoy se conocieron las sentencias por los diferentes delitos que se cometieron contra su integridad.

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Estupro agravado

En el primer caso, los jueces Oscar Gatti, María Evelina García Balduini y Gastón Martín resolvieron condenar al profesor de tango P.O.C.M., de 35 años de edad, «como coautor del delito de estupro agravado por la calidad de educador», imponiéndole «la pena de 6 años de prisión, con accesorias legales y costas», precisando que la pena «se efectivizará cuando quede firme esta sentencia, manteniéndose la obligación de presentarse al Tribunal».

Los hechos imputados ocurrieron entre octubre de 2012 y marzo de 2013 y de los mismos resultó víctima una menor de edad de 13 años, alumna del imputado.

«Carecemos de motivos para descreer o dudar o desconfiar de los relatos de la dolorida chica, del sereno y desapasionado padre, de la angustiada madre. Y menos para pensar que podrían todos juntos, con su hija que no es otra cosa que la víctima de estos hechos que los tres tanto lamentan por la precocidad, por el engaño y la irreversibilidad (…) urdir una falsedad en perjuicio de un señor para entonces ajeno a sus vidas, simplemente el docente de su hija en la danza. Razonar de ese modo sería cuanto menos absurdo, a la vez que carente totalmente de sentido común y coherencia, y opuesto a las evidencias con que contamos que indican lo contrario», valoró la jueza García Balduini en su voto rector.

El tribunal concluyó que el imputado cometió los hechos «valiéndose de la vulnerabilidad de la víctima, su alumna, y sobre quien detentaba y ejercía la responsabilidad de educarla, basado además en la enorme diferencia de edad que tenía sobre ella».

Al definir el monto de la pena, el Tribunal evaluó como agravantes «la gravedad del hecho cometido; el perjuicio tanto moral como material causado a una persona menor de edad (…), a su entorno familiar y de allegados próximos: familiares y amistades, como a la comunidad educativa pública, tal el caso del Municipio de esta ciudad, y por elevación desde ya, a los maestros/profesores/educadores de todas las áreas en general».

También determinó la Cámara que la pena no se hará efectiva mientras no esté firme la sentencia por considerar que a lo largo de todo el proceso el imputado «ha cumplido en forma completa con las presentaciones que oportunamente se le exigieron, lo que permite hablar de que no habría intenciones de fuga».

Abuso sexual agravado

En el segundo caso el mismo Tribunal, con voto rector del juez Oscar Gatti, condenó por unanimidad al imputado J.A.A., de 39 años de edad, a la pena de 12 años de prisión por ser autor de los delitos de «abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el ascendiente contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente y por haber provocado un grave daño mental en la víctima». A la vez dispuso que se realice «un continuo y amplio seguimiento del tratamiento tutelar respecto del menor víctima por parte de la Sra. Defensora de Menores y los organismos estatales intervinientes (…) debiéndose dar cuanta de lo realizado periódicamente a este Tribunal». El imputado se encuentra actualmente detenido.

Los hechos ocurrieron durante el año 2012 en la casa donde convivían el imputado y su hijo, quien para entonces tenía 10 años de edad. Según la imputación, tras cometer el abuso el hombre amenazó al niño para que guardara silencio, pues de lo contrario «iba a matar a su mamá» y también a él.

«Tengo en claro que, en el presente caso, la incriminación que le dirige el menor a su padre se ve solventada con una pluralidad de prueba directa e indiciaria que, por su número y concordancia, adquiere un grado de certeza por demás suficiente para arribar a la libre convicción que el nombrado resulta ser autor del hecho que se le reprocha», concluyó el juez Gatti.

Al definir el monto de la pena, el Tribunal valoró como agravantes «la corta edad de la víctima al momento del hecho, el daño psicológico y moral producido a la misma que dejarán seguramente secuelas en su psiquis, las circunstancias particulares y aberrantes del caso, de una marcada e inusitada gravedad por el sufrimiento físico ocasionado a su propio hijo».

Abuso doblemente calificado

En el tercer caso, la Cámara condenó al imputado D.I.I. , de 36 años y actualmente detenido, a la pena de 9 años de prisión al declararlo autor de los delitos de «abuso sexual con acceso carnal calificado por encontrarse al cuidado de la menor, aprovechando la convivencia preexistente». También dispuso con respecto a la víctima «un continuo y amplio seguimiento del tratamiento tutelar» que recibe.

El hecho ocurrió el 15 de noviembre de 2015 en el domicilio de la víctima, en Cervantes, cuando el imputado, tío de la niña de 8 años de edad, se encontraba a cargo de su cuidado. El Tribunal estableció que el hombre cometió la violación «aprovechándose de la especial relación que mantenía» con la víctima y de «la confianza y el cariño que la niña le tenía».

En su voto rector, el juez Oscar Gatti sostuvo que la versión exculpatoria dada por el imputado al momento de ejercer su defensa «se ve plenamente desvirtuada» por la prueba producida, entre la que se destaca la certificación de las lesiones compatibles con abuso sexual.

Para definir el monto de la pena el Tribunal valoró como agravantes «la corta edad de la víctima al momento del hecho, el daño psicológico y moral producido a la misma, las circunstancias particulares del caso, de una marcada e inusitada gravedad por el sufrimiento físico ocasionado a una niña tan pequeña, que confiaba en el incusado».

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La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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Judiciales

Inició el juicio contra un ginecólogo de Roca denunciado por abuso sexual

El hecho ocurrió en el año 2021.

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Esta mañana (19/04) declararon varios testigos en el debate que inició hoy acerca de un abuso sexual simple que habría ocurrido en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en una clínica privada de General Roca.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Restan, para la próxima jornada, que presten testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa. Finalmente se escucharán los alegatos de clausura de las partes respecto de esta primera etapa del debate.

La calificación legal por la cual el hombre está imputado es la de «abuso sexual simple», según los Artículos 45, 119 primer párrafo, última parte del Código Penal, e interviene en el juicio un Tribunal unipersonal.

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Se realizó la tercera audiencia por la ocupación del edificio de la ex Estación en Roca

Es en busca de llegar a un acuerdo. Hay ocho personas imputadas.

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Ayer miércoles (17/04) se llevó a cabo la tercera audiencia de mediación entre el Municipio de Roca y referentes de la Biblioteca de Arte y Cultura Popular que llevan adelante la ocupación de una de las oficinas en la ex Estación de Ferrocarril.

El Municipio ofreció distintos espacios alternativos para posibilitar el funcionamiento de la Biblioteca, garantizando las condiciones edilicias necesarias para su correspondiente habilitación, dado que la oficina de la ex Estación no dispone de baño y por ello es inviable su funcionamiento como biblioteca y/o taller.

«Teniendo en cuenta el valor cultural de la Biblioteca, el Municipio viene realizando este ofrecimiento de espacios alternativos adecuados para su funcionamiento, desde las instancias de diálogo previas a la ocupación de la oficina de la ex Estación. La propuesta municipal se reiteró luego en cada una de las Audiencias pactadas por la Justicia», indicaron desde la comuna roquense.

*Historia de la Biblioteca de la Estación

En el edificio ubicado en la Estación de Ferrocarril que custodia y administra el Municipio de Roca, funcionan las Direcciones de Turismo y de Cultura. Además en año 2012 a través de la firma de un convenio se le cedió temporalmente un espacio en dicho edificio al Teatro de la Estación para el funcionamiento de diversas actividades culturales, entre ellas una Biblioteca de Arte.

Ambas agrupaciones (Teatro de la Estación y Biblioteca de Arte) convivieron inicialmente de manera armónica, compartiendo sanitarios para uso de los asistentes. Sin embargo, con el correr del tiempo, la Comisión Directiva del Teatro decide en el año 2022 dar de baja el préstamo del espacio a la Biblioteca de Arte, notificando de esta situación al Municipio mediante nota y desligándose de toda responsabilidad del uso de la oficina.

De esta forma, el grupo a cargo de la Biblioteca de Arte deja de disponer del préstamo de la oficina y de los sanitarios que anteriormente compartía con «Teatro de la Estación». Paralelamente la oficina donde estaba instalada la Biblioteca deja de ser utilizada, encontrándose el espacio en estado de abandono.

Por todo ello y ante la necesidad de disponer de dicha oficina por parte de la Dirección de Turismo, el Municipio ofrece la reubicación de la Biblioteca en otro espacio que disponga de los servicios y elementos acordes para su correcto funcionamiento, pone en resguardo los libros y elementos culturales que allí se encontraban, e inicia los trabajos de acondicionamiento de la oficina.

El 14 de marzo pasado, rechazando la propuesta de reubicación, referentes de la Biblioteca irrumpen en la oficina y la ocupan. El Municipio realiza la denuncia correspondiente y toma intervención la Justicia formulando cargos contra los ocupantes y estableciendo una instancia de mediación.

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