Seguinos

Judiciales

Condenaron al hombre que agredió e intentó matar a su pareja e hija menor de edad

Habían solicitado 15 años de prisión, pero por más que no la sentencia fue menor, la Fiscal de Cámara destacó el fallo.

el

La Cámara Primera en lo Criminal de General Roca condenó a un hombre a la pena de 10 años de prisión por agredir a su pareja en un contexto de violencia de género y por intentar dar muerte a ella y a la hija de ambos, menor de edad. El imputado se encuentra detenido en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de General Roca.

La Cámara, sostuvo en su totalidad la acusación y los fundamentos que efectuó la fiscal durante su alegato, destacando la contundencia del mismo y la valoración de la prueba producida en el debate como la que se incorporó por lectura, elementos que fueron destacados por la representante del Ministerio Público Fiscal.

Las lesiones, el homicidio en grado de tentativa agravadas por mantener con la víctima relación de pareja y mediar la violencia de género con la privación ilegítima de la libertad agravada por la violencia y amenazas, fueron debidamente acreditadas, a partir de los dichos de la víctima, los certificados médicos, el informe del Cuerpo Médico Forense, la pericia psicológica, las declaraciones testimoniales del personal policial que concurrió al lugar del hecho, el acta de procedimiento policial y el croquis ilustrativo.

La violencia de género quedó acreditada a partir de la mecánica y desarrollo de los hechos, abonándose también tal agravante a partir de que «no fue la primera ni la única vez que esto ocurría», según dichos de la víctima conforme a la denuncia en el marco de la Ley 3040. Además, se suma el trabajo del equipo de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), dependiente del Ministerio Público Fiscal, que permitió dar con la visión de la violencia de manera interdisciplinaria.

El hecho llevado a juicio ocurrió el 15 de enero de 2016 en la ciudad de Allen, alrededor de las de las 3.00 horas en circunstancias en que el imputado junto a su pareja y a su hija menor de edad en el domicilio que compartían, el joven comenzó a agredir físicamente a la misma con golpes de puño en el rostro y en el cuerpo. Con la intención de dar muerte a su pareja y a la hija de ambos, el encartado habría cerrado con llave la puerta de ingreso a la vivienda, para luego abrir las hornallas de cocina dejando salir el gas, no pudiendo consumar el hecho por cuestiones ajenas, dadas por el auxilio de la víctima y los vecinos; y la llegada de la unidad policial 33º al lugar, quiénes procedieron a detenerlo.

«Es importante destacar que la Fiscalía logró probar la existencia histórica y la autoría del hecho en el contexto de violencia de género» destacó la Fiscal de Cámara, Graciela Echegaray, por este motivo el Tribunal compartió e hizo suyos los argumentos de la Fiscalía de Cámara.

Por ser un caso complejo relacionado con la violencia de género, la retractación de la víctima fue fundamental a hora de valorar las pruebas recolectadas, remarcó Echegaray. Al respecto agregó «este tipo de delitos se investiga de una manera especial, siempre en todos los hechos, la declaración de la víctima es absolutamente importante. Lamentablemente, en muchos casos, como éste, ocurre la retractación. Aún con la misma, los jueces pudieron valorar el plexo probatorio como lo ha hecho en forma ejemplar, acompañando el alegato acusatorio y por tal motivo se arriba a esta sentencia condenatoria».

Cabe destacar, que la calificación legal solicitada por la Fiscal de Cámara fue la de «lesiones leves agravadas por mantener con la víctima relación de pareja y mediar violencia de género, en concurso real con homicidio agravado por mantener con la víctima relación de pareja y mediar violencia de género en grado de tentativa e ideal con tentativa de homicidio; todo en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada por la violencia y amenazas»; éste ultimo delito fue ampliado por la fiscal durante el debate.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

Detienen a uno de los presuntos autores del robo a Zetone

Se realizaron cuatro allanamientos, donde se recuperaron más de 150 botellas de agroquímicos que habían sido robadas.

el

El Ministerio Público Fiscal requirió la detención de un hombre de 34 años y en el transcurso de mañana martes (21/03) se le formularán cargos. El detenido fue identificado como uno de los presuntos autores del robo de los agroquímicos de la empresa Zetone, hecho perpetrado en la madrugada del domingo 12 de marzo.

Durante la jornada del viernes pasado, la Fiscalía había encabezado junto a la Brigada de Investigación cuatro allanamientos en los que se había podido recuperar parte del botín sustraído, entre ello las más de 150 botellas de agroquímicos denunciadas por el damnificado.

Tras la identificación de rastros papilares hallados en el vehículo abandonado, y robado a uno de los serenos de la empresa, el Ministerio Público solicitó al Gabinete de Criminalística de la Policía de Rio Negro el cotejo de las fichas biométricas del hombre y resultó que tenían correspondencia.

El hombre permanece detenido a disposición de la Fiscalía, que ya solicitó la audiencia de formulación de cargos.

Mientras tanto la investigación continúa con diversas medidas, entre ellas el análisis de dispositivos móviles por parte de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OiTel) dependiente del Ministerio Público, también la visualización de imágenes obtenidos de cámaras de seguridad, entre otras diligencias tendientes a dar con las demás personas que podrían estar involucradas en el hecho.

Continuar leyendo

Judiciales

Docente universitaria compró una notebook para dar clases en la pandemia: Nunca se la enviaron

La Justicia dictaminó que deberán indemnizarla con más de 1 millón de pesos.

el

Una docente universitaria de la región compró una notebook apenas iniciada la pandemia. Lo hizo de manera online en Falabella, en 12 cuotas y con envío a domicilio. Pero, la computadora nunca llegó y la damnificada inició una demanda.

La mujer compró una notebook marca HP el 21 de abril del 2020 en Falabella. Siendo profesora regular universitaria y atento la implementación de las clases virtuales a través de Zoom y/o servicios informáticos similares, era sumamente imperioso contar con una computadora que le permitiera desarrollar sus clases y demás tareas académicas. Tras haber realizado la compra y esperar el tiempo razonable de entrega, al ingresar a la web de Falabella para observar el seguimiento del envío, observó que el 22 de abril, la firma internacional había cancelado «de manera unilateral e intempestivamente» el acuerdo entre las partes. Consta en la denuncia que «tuvo que activar una serie desgastante y engorrosa de reclamos los que en todo momento fueron desoídos, sumado a la ardua, dificultosa e infructuosa posibilidad de comunicarse con Falabella a través de otros medios electrónicos».

Y aunque la empresa le realizó una nota de crédito por el monto de $ 74.858 -ya que la tarjeta le descontaría las 12 cuotas-, nunca le fue depositado ese reintegro. En octubre del 2020, cansada de no obtener respuestas, se presentó en la Justicia.

No obstante, la defensa de Falabella aseguró que «la actora tuvo la mala fortuna de intentar llevar adelante una operación de compra en uno de los momentos más dramáticos vividos por la humanidad con motivo de la pandemia COVID-19. A cada persona le ha tocado sufrir algún tipo de restricción y/o situación complicada, más allá de los inconvenientes médicos. Que durante esos meses se cerraron comercios, fábricas y centros de distribución, tal como fue el caso de Falabella S.A. Nadie sabía nada, había una incomprensión total sobre la situación que se estaba viviendo y claramente resultaba imposible poder abastecer normalmente con los productos que comercializaban hasta entonces. Tras cortarse directamente la cadena de provisión, lamentablemente se demoraron todas las entregas de muchos productos. Ya sea por inconvenientes en los fabricantes, y/o los depósitos, y/o en los transportes, y con razón, decidió cancelar la compra», indicaron. Asimismo afirmaron que para junio ya habían reintegrado el dinero a la cuenta de la tarjeta con la que la docente universitaria había comprado la notebook.

Finalmente, el juez de primera instancia del fuero Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones para General Roca, José María Iturburu, condenó a Falabella a abonar a la damnificada la suma de $1.100.229,98, más intereses. La profesora fue representada por el Dr. Francisco Moreno del Hierro.

Continuar leyendo

Judiciales

Reforma laboral: Aprueban en Río Negro una ley única en el país

La consagración del expediente digital íntegramente electrónico y los procesos especiales como los de la violencia y el acoso implican una actualización renovada que impactará en los modos de litigación.

el

La reforma de la Ley N° 1.504 de procedimiento laboral, vigente desde 1981, se sancionó en la Legislatura rionegrina con cambios trascendentales que la hacen única en el país. La consagración del expediente digital íntegramente electrónico y los procesos especiales como los de la violencia y el acoso implican una actualización renovada que impactará en los modos de litigación.

Desde la década del 80 en adelante la ley había sido sometida a reformas parciales hasta que finalmente una comisión interpoderes trabajó en la reforma íntegra.

Finalmente la Legislatura rionegrina aprobó el pasado jueves (16/03) el proyecto en segunda vuelta y lo convirtió en ley. Entre los cambios de mayor importancia se destaca la agilización y simplificación de los procedimientos; se reduce la institución de la ampliación de los plazos en razón de la distancia; la digitalización y despapelización total del expediente, la eliminación del domicilio físico constituido y de cédulas. En este contexto se produjo una consagración legislativa del expediente digital íntegramente electrónico que se administra por la plataforma Puma. El domicilio electrónico ahora está en el propio sistema.

La ley permite litigar en forma remota, incorpora las audiencias virtuales, presenciales y mixtas y algunos capítulos especiales en materia de violencia y acoso laboral, la acción especial ejecutiva para los despidos no controvertidos y el juicio sumarísimo para las prestaciones dinerarias de pago mensual por parte de las aseguradoras de riesgo del trabajo.

La comisión interpoderes estuvo presidida por el legislador Lucas Pica e integrada por representantes de los cuatro colegios de Abogados y Abogadas de la provincia, jueces y juezas de las cuatro Cámaras Laborales, legisladores y miembros del Poder Judicial.

Herramientas contra el acoso y la violencia

El capítulo especial para otorgarle un procedimiento provincial a la Ley Nacional N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres es único en el país.

El artículo 22 de esa norma establece respecto de la competencia que «entenderá en la causa el/la juez/a que resulte competente en razón de la materia según los tipos y modalidades de violencia de que se trate. Aún en caso de incompetencia, el/la juez/a interviniente podrá disponer las medidas preventivas que estime pertinente».

Para los casos de violencia o acoso laboral la competencia recae ante las Cámaras del Trabajo. En ese aspecto la nueva ley incorpora la forma de abordar esos procesos a nivel provincial.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement