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El STJ confirmó dos condenas por abuso sexual de menores de edad en Roca

En un caso, el máximo tribunal confirmó las condenas de 9 y 8 años de prisión impuestas a un hombre y a una mujer, mientras que en el otro ratificó la pena de 11 años de prisión contra un hombre que abusó de su ahijada durante varios años.

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El Superior Tribunal de Justicia rechazó los recursos de casación interpuestos por los defensores en dos procesos por delitos contra la integridad sexual de menores de edad. En un caso, confirmó las condenas de 9 y 8 años de prisión impuestas a un hombre y a una mujer por los abusos sufridos por la hija de la imputada, mientras que en el otro ratificó la pena de 11 años de prisión contra un hombre que abusó de su ahijada durante varios años.

En el primer caso, la Cámara Criminal Segunda de Roca había condenado al imputado N.E.A. a 9 años de prisión por ser autor de los delitos de «abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y por las circunstancias de su realización, contra una menor de 18 años de edad, doblemente agravado -por ser la víctima conviviente y ser guardador-, reiterado en un número indeterminado de oportunidades», mientras que la imputada Y.I.R., madre de la víctima y pareja del acusado, había sido condenada a 8 años de prisión como «partícipe necesaria» de los delitos, agravados por el vínculo y por ser la víctima conviviente.

Con voto rector del juez Enrique Mansilla y adhesión de sus pares Sergio Barotto y Adriana Zaratiegui, el STJ declaró «mal concedido» el recurso de casación interpuesto por la defensora oficial Flavia Rojas y confirmó la sentencia de Cámara.

Se tuvo por acreditado que el hombre cometió los abusos entre mayo de 2013 y abril de 2014, cuando la víctima tenía 7 años de edad, en la vivienda que compartían en la zona rural de Roca.

El STJ respaldó el criterio de la Cámara, que reconoció como agravantes contra el hombre la «duración en el tiempo, el número de veces en que ocurrieron los abusos y la clase de sometimiento que implicaba la relación de poder y autoridad de quien se representaba como padre de una niña de la edad referida». En cuanto a la mujer, descartó el argumento defensivo que indicaba que «en tanto la imputada había sido sometida de niña a abusos sexuales, se encontraba incapacitada para ‘ver’ los cometidos contra su hija», produciéndose una «ausencia de conocimiento y voluntad» en cuanto al delito. En ese punto, el STJ recalcó, entre otros fundamentos, que se trató de «conductas que pueden ser conceptuadas como abusivas desde la más común y general comprensión».

Otro caso

En el segundo caso, con voto rector del juez Mansilla y adhesión de Ricardo Apcarian y Adriana Zaratiegui, el STJ rechazó la casación de los defensores particulares Oscar Pineda y Pablo Iribarren y ratificó la condena dictada en septiembre de 2016 por la Cámara Criminal Tercera de Roca.

El imputado J.P. fue condenado a 11 años de prisión como «autor de los delitos de abuso sexual simple, siendo la víctima menor de 13 años, reiterado en un número indeterminado de oportunidades, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, siendo la víctima menor de 13 años, reiterado en un número indeterminado de oportunidades».

Se tuvo por acreditado que entre 2010 y principios de 2012, cuando la víctima tenía entre 11 y 12 años de edad y se encontraba en situación de vulnerabilidad, fue sometida a abusos por parte de su padrino. Los hechos ocurrieron en la casa del imputado, en Roca, y en la vivienda de la víctima, en Cervantes.

La defensa alegó la arbitrariedad de la sentencia condenatoria, cuestionando la valoración de la prueba efectuada por la Cámara y el modo en que se desarrolló el testimonio de la niña en Cámara Gesell. Pero tras analizar cada agravio, el STJ concluyó que la sentencia de primera instancia «ha aplicado adecuadamente las reglas de la sana crítica racional al ponderar el material probatorio reunido y la recurrente no logra demostrar la arbitrariedad ni los demás vicios que alega».

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La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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Judiciales

Inició el juicio contra un ginecólogo de Roca denunciado por abuso sexual

El hecho ocurrió en el año 2021.

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Esta mañana (19/04) declararon varios testigos en el debate que inició hoy acerca de un abuso sexual simple que habría ocurrido en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en una clínica privada de General Roca.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Restan, para la próxima jornada, que presten testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa. Finalmente se escucharán los alegatos de clausura de las partes respecto de esta primera etapa del debate.

La calificación legal por la cual el hombre está imputado es la de «abuso sexual simple», según los Artículos 45, 119 primer párrafo, última parte del Código Penal, e interviene en el juicio un Tribunal unipersonal.

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Se realizó la tercera audiencia por la ocupación del edificio de la ex Estación en Roca

Es en busca de llegar a un acuerdo. Hay ocho personas imputadas.

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Ayer miércoles (17/04) se llevó a cabo la tercera audiencia de mediación entre el Municipio de Roca y referentes de la Biblioteca de Arte y Cultura Popular que llevan adelante la ocupación de una de las oficinas en la ex Estación de Ferrocarril.

El Municipio ofreció distintos espacios alternativos para posibilitar el funcionamiento de la Biblioteca, garantizando las condiciones edilicias necesarias para su correspondiente habilitación, dado que la oficina de la ex Estación no dispone de baño y por ello es inviable su funcionamiento como biblioteca y/o taller.

«Teniendo en cuenta el valor cultural de la Biblioteca, el Municipio viene realizando este ofrecimiento de espacios alternativos adecuados para su funcionamiento, desde las instancias de diálogo previas a la ocupación de la oficina de la ex Estación. La propuesta municipal se reiteró luego en cada una de las Audiencias pactadas por la Justicia», indicaron desde la comuna roquense.

*Historia de la Biblioteca de la Estación

En el edificio ubicado en la Estación de Ferrocarril que custodia y administra el Municipio de Roca, funcionan las Direcciones de Turismo y de Cultura. Además en año 2012 a través de la firma de un convenio se le cedió temporalmente un espacio en dicho edificio al Teatro de la Estación para el funcionamiento de diversas actividades culturales, entre ellas una Biblioteca de Arte.

Ambas agrupaciones (Teatro de la Estación y Biblioteca de Arte) convivieron inicialmente de manera armónica, compartiendo sanitarios para uso de los asistentes. Sin embargo, con el correr del tiempo, la Comisión Directiva del Teatro decide en el año 2022 dar de baja el préstamo del espacio a la Biblioteca de Arte, notificando de esta situación al Municipio mediante nota y desligándose de toda responsabilidad del uso de la oficina.

De esta forma, el grupo a cargo de la Biblioteca de Arte deja de disponer del préstamo de la oficina y de los sanitarios que anteriormente compartía con «Teatro de la Estación». Paralelamente la oficina donde estaba instalada la Biblioteca deja de ser utilizada, encontrándose el espacio en estado de abandono.

Por todo ello y ante la necesidad de disponer de dicha oficina por parte de la Dirección de Turismo, el Municipio ofrece la reubicación de la Biblioteca en otro espacio que disponga de los servicios y elementos acordes para su correcto funcionamiento, pone en resguardo los libros y elementos culturales que allí se encontraban, e inicia los trabajos de acondicionamiento de la oficina.

El 14 de marzo pasado, rechazando la propuesta de reubicación, referentes de la Biblioteca irrumpen en la oficina y la ocupan. El Municipio realiza la denuncia correspondiente y toma intervención la Justicia formulando cargos contra los ocupantes y estableciendo una instancia de mediación.

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