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Fuerte incremento de las causas de violencia familiar en el primer semestre del año

Así lo indican las estadísticas aportadas por el Poder Judicial de la provincia. ¿Cuáles son las medidas adoptadas para fortalecer el Fuero por parte del STJ?

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De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica del Poder Judicial, el fuero de Familia evidencia un incremento sostenido en el ingreso de causas de violencia doméstica durante los últimos años. En cambio, comienza a verificarse un descenso de aquellas causas que tienen mecanismos de resolución alternativa de conflictos.

En el primer semestre de 2017 creció un 10% la cantidad de causas que ingresaron a los Juzgados de Familia. Sin embargo, el dato central es que los casos de violencia doméstica y familiar ya representan el 57% de los ingresos totales de causas, cuando en igual período del año pasado implicaban el 45%.

Ello demanda, en consecuencia, el permanente ajuste y mejora de las dinámicas de trabajo en los 12 Juzgados con competencia de Familia que funcionan en la provincia (10 específicos y 2 multifueros).

Medidas

La complejidad propia de la temática del fuero ha derivado en una serie de decisiones de política institucional del Poder Judicial para respaldar y reforzar sus organismos. Respaldado en los datos estadísticos, el STJ tomó una serie de medidas.

En 2016 fueron designados 29 profesionales en los Equipos Técnicos Interdisciplinarios para los juzgados de Familia de Viedma, Roca, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche y Cipolletti y se incluyó la temática específica de Familia como una de las cinco unidades para la segunda etapa del Plan Estratégico del Poder Judicial. Esta unidad elaboró tres proyectos sustanciales para el fuero. Entre estos últimos se destaca la creación de una Oficina de Tramitación Integral, que próximamente se implementará como prueba piloto en Bariloche.

En el mismo sentido, el STJ decidió este año impulsar ante la Legislatura Provincial un proyecto de ley para la creación de dos nuevos Juzgados de Familia, uno en Roca y otro en Cipolletti, considerando que ambas ciudades cabecera de Circunscripción han evidenciado un ingreso sostenido de más de 3.200 causas por año.

Por otra parte, a través del plan de inspecciones de la Auditoría General, que comenzó a ejecutarse en agosto y se mantendrá por el resto del año, se busca también consolidar una política de observación permanente del flujo de procesos en el fuero, con el propósito de afianzar el normal funcionamiento del servicio de justicia.

Más secretarías para los juzgados

Mediante la Acordada 19/2017, dictada en agosto por el Superior Tribunal de Justicia, se dio un nuevo refuerzo a los juzgados de Familia mediante la creación de una secretaría más para cada uno de los organismos. Para ello los jueces del STJ tuvieron en cuenta no sólo el aumento del volumen de trabajo sino también, y particularmente, que el nuevo Código Civil y Comercial demanda una fuerte actuación de oficio por parte de las juezas de Familia y exige la reevaluación de todas las causas en las que se habían resuelto declaraciones de incapacidad, curatelas o inhabilitaciones basadas en las facultades mentales de las personas.

La Acordada prevé que las nuevas secretarías se irán implementando de manera paulatina, de acuerdo con las necesidades de cada organismo y con las previsiones presupuestarias correspondientes.

En datos

Durante 2016, según las estadísticas elaboradas mediante el Código Obligatorio de Buenas Prácticas, ingresaron al fuero de Familia 13.768 nuevas causas. Se evidenció así otro año de incremento de expedientes en ese ámbito, alcanzando un 21% más de causas que en 2015.

Las estadísticas del primer semestre de 2017 reflejan la misma tendencia que las de 2016. Entre el 1 de enero y el 30 de junio de este año se iniciaron 7.279 expedientes nuevos, cerca de un 10% más que en el mismo período semestral del año pasado. De mantenerse la proporción, al finalizar el año judicial habrán ingresado más de 14.500 nuevas causas al fuero de Familia.

Ingresos de causas según la cantidad de procesos por Ley 3040 iniciados en el último semestre de este año

– Juzgados de Bariloche y El Bolsón 993
– Juzgados Roca y Luis Beltrán 1447
– Juzgados de Cipolletti 787
– Juzgados de Viedma y SAO 614

El Centro de Planificación Estratégica es el área del STJ tiene a su cargo la elaboración de las estadísticas judiciales.

Violencia familiar

Los procesos de Ley 3040 iniciados en el semestre fueron más de 3.400, es decir, el 57,59% del total de causas ingresadas al Fuero de Familia en toda la provincia. En esta temática se advierte el mayor incremento proporcional, puesto que en el primer semestre de 2016 las nuevas causas por Ley 3040 representaron el 45,08% del total de casos iniciados.

El incremento de casos de violencia doméstica este semestre fue del 17,08% (3434 causas contra 2933) con respecto a enero – junio de 2016, mientras que el incremento general para el fuero, que incluye a todas las demás temáticas de Familia, fue cercano al 10%.

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Dictan 4 años y 6 meses de prisión para el acusado de matar a un hombre en Stefenelli en marzo pasado

La víctima fatal había comenzado a atacar la vivienda del condenado, que salió de su casa y le disparó.

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El Ministerio Público Fiscal requirió ayer (30/05) la condena de 4 años y 6 meses de prisión y la inhabilitación por el doble de tiempo para portar armas, para un hombre de 54 años que admitió haber sido el autor de la muerte de Nicolás Leandro Contreras. Tal manifestación fue realizada en el marco de una audiencia de procedimiento abreviado convenida entre la Fiscalía y la Defensa Penal Pública frente a un Tribunal Colegiado.

En este caso se requirió la pena por el hecho ocurrido el 7 de marzo de este año en Stefenelli entre las 4 y las 7 de la madrugada. «Contreras llevaba un machete y una barra de hierro, una vez allí comenzó a arrojar piedras contra la casa, y causó daños a un vehículo», describió la fiscal del caso.

«El imputado se asomó desde el interior de la vivienda y fue alcanzado por varios piedrazos, que causaron lesiones que el Cuerpo de Investigación Forense caratuló como leves», explicó el Ministerio Público Fiscal.

«Ante esta situación el dueño de la casa, portando sin la debida autorización legal, un arma de fuego le disparó a Contreras, produciéndole lesiones que resultaron mortales, excediendo de esta manera los límites y los medios que racionalmente debería haber empleado para repeler dicha agresión», concluyó la Fiscalía.

Entre la prueba que sustenta el acuerdo de procedimiento abreviado se cuenta con declaraciones de familiares y allegados tanto de la víctima como del victimario, el acta de procedimiento de la intervención de la Comisaría 67°, el informe de autopsia realizada por el Cuerpo de Investigación Forense, el allanamiento momento en que fue encontrada el arma utilizada, lo concretado por el Gabinete de Criminalística y la Brigada de Investigaciones, entre otra evidencia.

Los familiares de la víctima fueron consultados acerca de la forma en que las partes convinieron en concluir el legajo penal y prestaron conformidad a ello.

En la audiencia, además, el Defensor penal oficial explicó que «se trató de una agresión sorpresiva e ininterrumpida que sufrió mi asistido, la manera de repeler el ataque que iba a seguir fue excesiva».

Consultado por el Tribunal Colegiado, el hombre expresó que asumía la responsabilidad del hecho, estuvo de acuerdo con la calificación legal de «homicidio agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legítima defensa en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil condicional», y con la pena solicitada.

Las partes renunciaron a los plazos procesales y tras la aceptación del acuerdo por parte de los Jueces intervinientes, el imputado comenzará a cumplir la condena.

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Judiciales

Le chocaron el taxi y lo ingresó al taller por once días: Cobrará por el período en que no pudo trabajar

Según la pericia, el conductor de un vehículo particular tuvo responsabilidad.

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La propietaria de un taxi consiguió ser indemnizada por el tiempo en que el auto estuvo en el taller. En el primer juicio civil probó que la culpa en el incidente vial tuvo relación con la maniobra del conductor de un Chevrolet Corsa. Hubo una apelación, aunque el segundo fallo confirmó el resarcimiento para la dueña del transporte.

Surge del expediente que el incidente ocurrió en inmediaciones de un colegio secundario, en las calles San Rafael e Ingeniero Pagano. El Corsa giró a la izquierda imprevistamente y chocó al taxi.

En su defensa, el hombre que manejaba el Corsa alegó una maniobra imprevista con el objetivo de esquivar a un peatón que cruzó a mitad de calle.

De todas formas, las pruebas –entre las que hubo una pericia accidentológica– demostraron que el conductor particular tuvo responsabilidad y que actuó en infracción a la Ley Nacional de Tránsito.

La dueña del taxi tuvo que reemplazar la cubierta y una de las puertas. En total el auto estuvo once días en el taller y por eso demandó al conductor del Corsa.

En primera instancia prosperaron los rubros de daño emergente, por los repuestos que debieron ser reparados y cambiados, y el de privación de uso por el tiempo en que el auto estuvo sin prestar funciones como taxi.

Tanto el conductor del Corsa como su compañía de seguros apelaron la sentencia pero el fallo fue confirmado en segunda instancia.

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Judiciales

Tres hermanos fueron a la Justicia para acordar un régimen de cuidado de su madre

La señora vivía con una de sus hijas quien se dedicaba casi de forma exclusiva de su cuidado.

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De un proceso de mediación participaron tres hermanos y su madre, una mujer adulta mayor que vivía con una de sus hijas quien se dedicaba casi de forma exclusiva de su cuidado. Todos se escucharon, entendieron las necesidades de su mamá y acordaron una modalidad de cuidado más compartida. La defensa pública de mediación asesoró a las partes.

En un primer momento el reclamo fue por cuestiones económicas, encasillado bajo la figura de «alimentos» e iniciado por una de las hijas quien se encargaba en mayor medida del cuidado de su madre. En esta nota te explicamos cuándo corresponde que los hijos/as abonen alimentos a los padres o madres: https://bit.ly/3zn8Hvy.

En principio fueron convocados a la sede del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, los tres hermanos pero gracias al trabajo facilitador de los operadores judiciales se pudo incorporar también a su mamá para que participe a través de una llamada telefónica. Allí pudieron escucharse, intercambiar posiciones y descubrir el verdadero trasfondo de la situación.

Es que una de las hijas realizaba todas las tareas de cuidado de su madre y además afrontaba los gastos del sustento de la misma. En cuanto a lo familiar, extrañaba a sus otros hijos y quería compartir más tiempo con ellos.

Los otros tres hermanos comprendieron la situación y si bien explicaron que por momentos les costaba mantener el vínculo con su madre por una aparente actitud confrontativa de su hermana para con ellos, pudieron dejar sus diferencias de lado y avanzar en propuestas para mejorar la calidad de vida de su mamá.

El caso fue encaminado hacia la figura del cuidado personal y se acordó un régimen de cuidados compartidos. Aunque su hija estuvo de acuerdo con continuar con las tareas principales, los demás no sólo la visitarán, sino que también deberán compartir tareas de cuidado y tiempo con ella en otros espacios que pueden ser sus propias casas familiares u otros.

De esta forma, todos estuvieron de acuerdo en abandonar las pretensiones culminando el conflicto en esta prejudicial.

La Procuración General y Superior Tribunal de Justicia han avanzado e invertido numerosos recursos para reforzar los equipos de trabajo que abordan temáticas de métodos autocompositivos de resolución de conflictos. Así, en la provincia se designaron defensores y defensoras adjuntas exclusivas para intervenir ante los CIMARCs y defensores y defensoras que coordinen el trabajo de esos equipos.

En su experiencia señalan que en ocasiones los espacios de mediación sirven para detectar el verdadero interés que las partes buscan resolver, más allá de la pretensión inicial que a veces no coincide plenamente con la mejor solución al caso. Un ejemplo es el anterior que comenzó con un reclamo económico por alimentos, pero culminó con una solución que mejoró notablemente la dinámica familiar.

Informamos que una de las características de este tipo de proceso es la confidencialidad del tratamiento de la problemática motivo por el cual no se consignan mayores datos que permitan identificar a las personas que intervinieron en este proceso.

¿Cómo accedo a los servicios de la defensa pública para mediación?

Si querés consultar como acceder a los servicios que brinda la defensa pública en los ámbitos de mediación podés acercarte a la sede del Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP) o la defensoría descentralizada más cercana a tu domicilio.

Se recuerda que el servicio está destinado para aquellas personas que con sus ingresos no pueda abonar los honorarios para contratar un abogado particular.

Podés conocer sus ubicaciones en el siguiente link: https://bit.ly/3lU5DDS

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