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EdERSA deberá indemnizar con casi $200.000 a una mujer que se accidentó por un bicicletero mal ubicado

Fue en la vereda de las oficinas comerciales de la empresa, sobre calle Villegas. La víctima sufrió una incapacidad del 42%.

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La Cámara Civil de Apelaciones de Roca elevó la indemnización a favor de una mujer que sufrió graves lesiones en una pierna a raíz de un “bicicletero” mal ubicado en la vereda de una oficina pública de esa ciudad. En primer lugar, el monto a pagar era de $60.000, pero tras la apelación de la víctima, ahora lo elevaron a $184.545.

El fallo de primera instancia había dado la razón a la damnificada, una modista jubilada de 65 años, y había condenado por su “responsabilidad objetiva” a la empresa EdERSA a indemnizar a la señora con $60.000 ($10.000 por daños materiales y gastos y $50.000 por daño moral), más intereses. Pero la Cámara, en instancia de apelación, amplió los montos al incorporar la “incapacidad laboral” sufrida por la mujer y el costo de una nueva operación a la que deberá someterse como consecuencia de los persistentes dolores.

El accidente ocurrió en diciembre de 2010, pasadas las 20 horas, en la vereda de calle Villegas donde tiene sus oficinas la empresa de energía eléctrica EdERSA. De acuerdo con la demanda, la mujer “al pretender ascender al vehículo que iba a abordar, introdujo un pie en el bicicletero existente en la vereda” y sufrió severas lesiones. La caída le produjo pérdida de conocimiento y una triple fractura de tobillo. Estuvo internada durante 15 días y le colocaron una placa con ocho tornillos para estabilizar el pie. De todos modos, según las pericias médicas, desde entonces la mujer no puede permanecer por mucho tiempo de pie, “no puede deambular con normalidad ni por trayectos que superen los 50 metros”. Tampoco puede conducir vehículos con caja manual por no poder usar el embrague.

En su apelación la mujer pidió que se le reconozca la incapacidad física derivada del incidente, no contemplada en primera instancia, así como los gastos de kinesiología e intervenciones médicas futuras.

La empresa, por su parte, apeló por considerar “abritraria” la primera sentencia e intentó revertir la responsabilidad afirmando que no se acreditó la mecánica del hecho ni se probó algún grado de peligrosidad en la ubicación y condiciones en las que se encontraba el bicicletero, entre otros fundamentos.

La Cámara, en el voto rector del juez Víctor Darío Soto y la adhesión de su par Gustavo Martínez, recordó que para el régimen de responsabilidad civil argentino, una cosa inerte (en este caso el bicicletero), puede ser “fuente del perjuicio cuando pese a ser ‘mecánicamente pasiva’ ha sido ‘causalmente activa’ (…) del daño, cuando la anormalidad de su situación o ubicación circunstancial crea la probabilidad y consecuente previsibilidad de una contingencia dañosa”. Dicha afirmación era válida según el Código Civil vigente al momento del hecho y se mantiene en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, aclaró el fallo.

“No se trata propiamente de tipificar a una cosa de peligrosa o no per se, sino de considerar (…), después de sucedido el hecho dañoso, de qué manera se produjo el perjuicio y si la cosa de por sí sola era idónea para provocarlo, podía normal o regularmente llegar a producirlo, de acuerdo al curso natural y ordinario de los acontecimientos”, precisó el Tribunal en su sentencia.

Se analizó además que incluso si el bicicletero “se encontraba reglamentariamente colocado, esa circunstancia no exime de considerar la incidencia del riesgo” y “en todos los casos, siempre queda en la órbita del obligado por el riesgo (en este caso EdERSA) enervar la presunción acreditando la culpa de la víctima, el hecho de un tercero o la fuerza mayor; más eso no se ha logrado, en mi consideración, en el caso de autos”.

La Cámara tuvo por acreditado que la mujer sufrió una incapacidad del 42% como consecuencia del hecho, que se tradujo en un “menoscabo físico en todas las esferas de su vida de relación”, además de la laboral. Ese rubro, sumado al de tratamiento y cirugía futura, elevó la indemnización global a $184.545, que deberán ser actualizados según los intereses establecidos por el Tribunal.

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Judiciales

La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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Judiciales

Inició el juicio contra un ginecólogo de Roca denunciado por abuso sexual

El hecho ocurrió en el año 2021.

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Esta mañana (19/04) declararon varios testigos en el debate que inició hoy acerca de un abuso sexual simple que habría ocurrido en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en una clínica privada de General Roca.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Restan, para la próxima jornada, que presten testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa. Finalmente se escucharán los alegatos de clausura de las partes respecto de esta primera etapa del debate.

La calificación legal por la cual el hombre está imputado es la de «abuso sexual simple», según los Artículos 45, 119 primer párrafo, última parte del Código Penal, e interviene en el juicio un Tribunal unipersonal.

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Judiciales

Se realizó la tercera audiencia por la ocupación del edificio de la ex Estación en Roca

Es en busca de llegar a un acuerdo. Hay ocho personas imputadas.

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Ayer miércoles (17/04) se llevó a cabo la tercera audiencia de mediación entre el Municipio de Roca y referentes de la Biblioteca de Arte y Cultura Popular que llevan adelante la ocupación de una de las oficinas en la ex Estación de Ferrocarril.

El Municipio ofreció distintos espacios alternativos para posibilitar el funcionamiento de la Biblioteca, garantizando las condiciones edilicias necesarias para su correspondiente habilitación, dado que la oficina de la ex Estación no dispone de baño y por ello es inviable su funcionamiento como biblioteca y/o taller.

«Teniendo en cuenta el valor cultural de la Biblioteca, el Municipio viene realizando este ofrecimiento de espacios alternativos adecuados para su funcionamiento, desde las instancias de diálogo previas a la ocupación de la oficina de la ex Estación. La propuesta municipal se reiteró luego en cada una de las Audiencias pactadas por la Justicia», indicaron desde la comuna roquense.

*Historia de la Biblioteca de la Estación

En el edificio ubicado en la Estación de Ferrocarril que custodia y administra el Municipio de Roca, funcionan las Direcciones de Turismo y de Cultura. Además en año 2012 a través de la firma de un convenio se le cedió temporalmente un espacio en dicho edificio al Teatro de la Estación para el funcionamiento de diversas actividades culturales, entre ellas una Biblioteca de Arte.

Ambas agrupaciones (Teatro de la Estación y Biblioteca de Arte) convivieron inicialmente de manera armónica, compartiendo sanitarios para uso de los asistentes. Sin embargo, con el correr del tiempo, la Comisión Directiva del Teatro decide en el año 2022 dar de baja el préstamo del espacio a la Biblioteca de Arte, notificando de esta situación al Municipio mediante nota y desligándose de toda responsabilidad del uso de la oficina.

De esta forma, el grupo a cargo de la Biblioteca de Arte deja de disponer del préstamo de la oficina y de los sanitarios que anteriormente compartía con «Teatro de la Estación». Paralelamente la oficina donde estaba instalada la Biblioteca deja de ser utilizada, encontrándose el espacio en estado de abandono.

Por todo ello y ante la necesidad de disponer de dicha oficina por parte de la Dirección de Turismo, el Municipio ofrece la reubicación de la Biblioteca en otro espacio que disponga de los servicios y elementos acordes para su correcto funcionamiento, pone en resguardo los libros y elementos culturales que allí se encontraban, e inicia los trabajos de acondicionamiento de la oficina.

El 14 de marzo pasado, rechazando la propuesta de reubicación, referentes de la Biblioteca irrumpen en la oficina y la ocupan. El Municipio realiza la denuncia correspondiente y toma intervención la Justicia formulando cargos contra los ocupantes y estableciendo una instancia de mediación.

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