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Video: El testimonio del taxista que denuncia que un comisario lo «apretó» por el caso Solano

«A la familia de Berthe -uno de los policías imputados por la desaparición de Daniel- le tengo mucho miedo. Yo de vuelta no voy a declarar», sostuvo.

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El taxista que denunció que sufrió un «apriete» a manos del Comisario Gedeon Parra, quien estaba a cargo de la Comisaría 8° de Choele Choel cuando desapareció Daniel Solano en 2011, dio detalles de lo sucedido en un video que filmó uno de los abogados de la víctima, Leandro Aparicio.

«Ese día estábamos esperando la audiencia y fue en el momento de almuerzo que yo me quedé solo en una silla y ahí se arrimó el comisario. Yo no sabía quién era. Vos sos el testigo me dijo. Él se acercó y se identificó como el comisario Parra. Vos estás seguro que esa noche (Sandro) Berthe -uno de los ocho policías imputados- trabajó. Lo único que te digo es que esa noche no trabajo porque yo le había dado franco», indicó el taxista, que declaró como testigo en la causa.

El comisario continuó diciéndole que «ya en el juicio no va a pasar nada, si vos decís eso te puede costar varios años en cana por falso testimonio. Podés decir que te equivocaste y que estabas nervioso».

En este sentido, el taxista aseguró que «yo de vuelta no voy a declarar. Ya está».

Finalmente indicó que «yo quiero estar tranquilo que los culpables paguen lo que hicieron, pero los que fuimos testigos del caso tenemos miedo. A la familia de Berthe le tengo mucho miedo por haber declarado. Berthe siempre a mi me castigó cuando andaba en el taxi. No solo a mi, sino a todos», concluyó.

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Conducía un auto sin transferir y provocó un choque en cadena

El siniestro ocurrió en Ruta 22 y Mendoza. La indemnización total, calculados los intereses, superará los 3 millones de pesos.

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A raíz de un choque en cadena, dos personas y una aseguradora fueron condenadas a indemnizar al conductor que quedó en medio de la colisión. La sentencia del Juzgado Civil N° 5 de Roca fue contra el dueño del auto que chocó la fila desde atrás -quien ya no tenía el coche pero nunca hizo la transferencia ni la denuncia de venta-, contra la mujer que lo conducía al momento del siniestro y contra la aseguradora contratada por la señora.

El damnificado fue un restaurador de muebles que usaba su camioneta Strada para trasladar su mercadería. El hombre circulaba por la Ruta Nacional N° 22. Ingresaba a Roca desde el este y se detuvo en el semáforo de calle Mendoza, atrás de una camioneta Amarok. Detrás de la Strada venía la demandada en una VW Surán. Como no frenó a tiempo, impactó contra el vehículo del restaurador y éste, a su vez, chocó contra la Amarok. Los daños en la parte trasera y delantera de la Strada la dejaron inutilizable por cuatro meses.

El afectado reclamó el arreglo a la aseguradora de la mujer, pero la empresa negó la cobertura. Se basó en la declaración de su clienta, quien dio una explicación totalmente distinta sobre el accidente. Dijo que el conductor de la Strada frenó de golpe, que ella logró esquivarlo porque se desvió levemente hacia la izquierda y que el restaurador, después de chocar contra la Amarok, hizo marcha atrás y le chocó la Surán con el paragolpes trasero. En el juicio civil la mujer y la aseguradora mantuvieron esa hipótesis.

En paralelo, se hicieron gestiones para dar con el titular de la Surán, quien no pudo ser ubicado ni con cédulas de notificación ni por edictos. El hombre fue defendido «en ausencia» por la Defensa Pública y fue igualmente alcanzado por la sentencia. «Debe responder en calidad de dueño del rodado, lo que surge del informe de dominio (instrumento publico) que adjunta la actora, que da cuenta de su titularidad registral a la fecha del hecho y de la ausencia de denuncia de venta», explicó el juez.

La clave para resolver el caso fue una pericia mecánica que confirmó la versión del dueño de la Strada. El juez explicó que el titular registral debe responder como «dueño» y la conductora debe responder por ser la «guardiana» del vehículo: era quien conducía al momento del hecho y quien contrató el seguro de responsabilidad civil a su nombre.

Según la «teoría del riesgo creado» que define el Código Civil y Comercial de la Nación, «el dueño y el guardián son responsables concurrentes del daño causado» por su vehículo. Esa responsabilidad es objetiva, por lo que no importa si actuaron con culpa o negligencia al momento de producirse el daño. El único camino que tienen los dueños y guardianes para evitar su responsabilidad objetiva es demostrar que la cosa (en este caso el auto) fue usado en contra de su voluntad o que la causa del accidente fue totalmente ajena a ellos. Ninguna de esas opciones se demostró en este caso.

La indemnización total, calculados los intereses, superará los 3 millones de pesos. Según la sentencia, las dos personas y la aseguradora deberán responder por el valor de la reparación de la Strada, más el dinero que el restaurador dejó de ganar en su trabajo mientras la camioneta estuvo parada (lucro cesante), más la pérdida de valor de mercado del vehículo, más el dinero que debió destinar a transportes alternativos durante los meses que demandó el arreglo.

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Hay cuatro personas demoradas por el asesinato de un joven en la zona norte de Roca

Dos de los sujetos tienen antecedentes penales.

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Cuatro personas fueron demoradas por la Policía en dos allanamientos que se hicieron durante la madrugada de hoy (07/05) en el marco de la causa que investiga el homicidio de Luciano Emanuel García, quien fue ultimado a balazos anoche (06/05) en la zona norte de Roca.

La víctima fatal fue asesinada por razones que aun son materia de investigación. Su cuerpo fue hallado cerca de las 10 de la noche en la esquina de Evita y Ameghino. Y aunque en un primer momento se hablaba de otra persona herida, fuentes policiales lo descartaron.

De los cuatro sujetos demorados hasta el momento, dos quedarán detenidos en el marco del legajo fiscal. Tienen antecedentes penales. Por su parte, los otros dos no tienen causas en su haber y quedarían libres en las próximas horas.

Durante la madrugada se realizaron dos allanamientos en los que intervino personal policial, del Gabinete de Criminalística, del COER y del Área de Investigación Judicial. También se hicieron presentes en el lugar las fiscales del caso, Jessica Gonzáles y la adjunta Mónica García.

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Comenzó el juicio por jurados por el femicidio de Agustina Fernández

El único imputado actualmente se encuentra detenido.

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Con la enunciación de las instrucciones iniciales, el jurado popular conformado el viernes escuchó y observó las teorías de las partes. El debate se inició con los alegatos del fiscal, y luego alegó la querella y finalmente el defensor de Pablo Parra. El imputado se encuentra detenido.

Este caso, en el que se juzga el femicidio de la estudiante de medicina Agustina Fernández, es el juicio por jurados número dieciocho que se realiza en la provincia de Río Negro desde 2020. Fue la última etapa de la reforma procesal penal aplicada en 2017.

Apenas se inició el debate, el juez técnico Guillermo Baquero Lazcano le tomó juramento al jurado popular, conformado por la misma cantidad de hombres y de mujeres de distintas localidades del Alto Valle Oeste, jurisdicción de la Cuarta Circunscripción.

Luego se enunciaron las instrucciones iniciales y se habilitó a las partes a exponer sus teorías del caso mediante los alegatos de apertura.

La Fiscalía y la querella acusan a Pablo Parra por el femicidio de Agustina Fernández, ocurrido el 2 de julio de 2022 en Cipolletti. Según la teoría del caso, Parra habría asesinado a la víctima agrediéndola físicamente en el interior del departamento que el acusado alquilaba en un complejo ubicado en calle Confluencia al 1300 de Cipolletti.

El abogado del acusado negó la participación de su cliente en el homicidio, cuestionó las pruebas genéticas y se dirigió al jurado popular con la teoría de que el autor del crimen aún no fue hallado.

Concluido el alegato, se inició la etapa probatoria. El debate está previsto entre hoy, 6 de mayo, y el 17 de mayo, en once jornadas de audiencias por la mañana y por la tarde que se inician a las 8 am y a las 14 pm. Declararán 115 testigos y se analizará prueba documental y científica.
Por la Fiscalía intervienen el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna, el fiscal del caso Martín Pezzetta y el adjunto Juan Pablo Escalada. Por la querella, en representación de la madre y el padre de la víctima, los abogados Emanuel Roa Moreno y Damián Moreyra. El defensor del acusado es Juan Coto. El juez de juicio es Guillermo Baquero Lazcano.

Transmisión en vivo

Las áreas de Comunicación tanto del Superior Tribunal de Justicia como de la Procuración transmiten las partes públicas del juicio por el canal de YouTube. Esa difusión en vivo está prevista para las instrucciones iniciales del debate, alegatos de apertura, alegatos de cierre y veredicto. El resto del juicio, que incluye la parte probatoria, conserva la publicidad pero en formato presencial, es decir en la Sala 6 de los tribunales de Urquiza y España de Cipolletti. La normativa no autoriza la transmisión en vivo de la parte probatoria. Las y los jurados no deben ser identificados a través de sus nombres y apellidos ni expuestos a la toma de fotografías o imágenes video filmadas.

Como la capacidad de la Sala 6 es limitada, la Oficina Judicial habilitó un espacio contiguo desde donde se puede presenciar el juicio. Se trata de la Sala 1, cuyo ingreso es por la calle España.

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