Seguinos

Judiciales

Se resolvieron casi 1700 conflictos laborales en el último año

Además, hubo más de 307 acuerdos en el marco de la Conciliación Laboral Obligatoria.

el

El gobierno provincial intervino en la resolución de 1.689 conflictos laborales en el último año. Además, hubo más de 307 acuerdos en el marco de la Conciliación Laboral Obligatoria. Los datos corresponden al periodo interanual entre junio de 2018 y el mismo mes de 2019.

Desde las 18 delegaciones zonales de la Secretaría de Estado de Trabajo se intercedió, analizó y procedió a la homologación de 1.689 acuerdos, un promedio de 140 mensuales.

Los procedimientos administrativos dieron lugar a consensos enmarcados en acuerdos individuales y colectivos, en el marco de las normativas laborales vigentes.

En el transcurso del año, la zona del Alto Valle fue la que encabezó este rubro, con un total de 689 homologaciones. Asimismo, es la zona que más delegaciones concentra, con un total de seis, dando respuesta a la mayor demanda a su densidad poblacional y diversidad de actividad laboral.

En segundo lugar, se ubicó la Zona Andina y Región Sur, donde se homologaron 394 acuerdos laborales, seguido por la Zona Atlántica con 381. Por último, en el Valle Medio se procedió a la homologación de 225 acuerdos.

El Gobierno se mantiene presente en cada conflicto laboral, a partir de la convocatoria permanente al diálogo social tripartito, con el objetivo de lograr consensos y acercar acuerdos entre las partes.

Conciliación Laboral Obligatoria

Además, a seis meses de la puesta en funcionamiento del método de la conciliación laboral prejudicial obligatoria, en la Cuarta Circunscripción se registraron 629 expedientes iniciados en el ámbito de la Secretaría de Estado de Trabajo y 166 expedientes en los Centros Judiciales de Mediación (CEJUME) del Poder Judicial.

En total, hubo 307 acuerdos: 271 en las tres delegaciones de la Secretaría de Estado de Trabajo y 36 en el CEJUME de Cipolletti y en la delegación de Cinco Saltos.

La instancia de la conciliación puede realizarse, indistintamente, ante la cartera laboral o en las Oficinas de Conciliación que el Poder Judicial ofrece en Cipolletti y Cinco Saltos, y que dependen de los CEJUME. Luego, los jueces laborales revisan esos acuerdos y, en la medida que se cumplan las garantías de los procesos, homologan con alcance de sentencia.

En el ámbito de Trabajo se iniciaron 629 expedientes, con 569 audiencias y 271 acuerdos, con el siguiente detalle: en la delegación de Cipolletti se registraron 326 expedientes con 111 acuerdos, en la delegación de Cinco Saltos 163 expedientes con 41 acuerdos y en la delegación de Catriel 140 expedientes con 119 acuerdos.

Judiciales

Joven abusada en la infancia cambió su apellido después de la condena a su padre

Su progenitor abusó sexualmente de ella cuando tenía 5 años.

el

Una joven del Alto Valle ya no llevará el apellido de su padre biológico y conservará únicamente el apellido de su mamá. Ante la jueza de Familia de Villa Regina la adolescente, quien alcanzó la mayoría de edad poco después de iniciado el proceso, demostró que el vínculo con el hombre «se encuentra totalmente destruido» a raíz del abuso sexual que él cometió contra ella cuando tenía apenas 5 años.

«Portar un apellido es una insignia que no sólo proviene de nuestros antepasados sino que también representa afecto, orgullo, responsabilidad; pero estos atributos, en la realidad, no siempre los portan los progenitores, pudiendo ese apellido representar dolor, rabia, vergüenza, entre otros. Específicamente en los casos de supresión de apellido paterno como el que nos ocupa, se debe tener presente la íntima relación entre la memoria, la reparación y el derecho a ser escuchado y creído. Escuchar a la joven, creerle su sentir, es devolverle su dignidad vulnerada, respetar su deseo, ayudarla a sanar su dolor y proyectar su vida, ahora adulta, de una manera más beneficiosa y saludable», expresó la jueza en la sentencia.

El caso se inició con la demanda presentada por la mamá. Todo fue confirmado luego con la declaración de la adolescente, con los demás testimonios y con informes psicológicos. Además, se adjuntó la condena penal como prueba del abuso. Teniendo en cuenta la faz dinámica de la identidad de las personas, se valoró también que la jovencita lleva mucho tiempo utilizando únicamente el apellido de su mamá en la escuela, en sus redes sociales y en sus ámbitos de relación.

El padre fue citado al proceso y si bien dijo que los hechos de la demanda no son reales, aceptó expresamente y sin condicionamientos la supresión del apellido.

La sentencia ordenó modificar la partida de nacimiento de la joven, quien durante la primera etapa del proceso estuvo representada por la Defensoría de Menores y luego, al cumplir los 18 años, continuó la demanda en forma autónoma.

La jueza explicó que si bien las leyes buscan garantizar que coincidan la filiación, el nombre y la registración de las personas, esa regla «no es absoluta». Agregó que «la identidad personal se construye diariamente, resulta de un devenir, de comportamientos sociales y familiares que identifican a una persona por ‘ser quien es’ y ‘quien dice ser'», expresó.

«La regla de inmutabilidad del nombre se ve flexibilizada ante la existencia de justos motivos» y «en el caso, la joven ha manifestado su firme y sostenido deseo de suprimir su apellido paterno», detalló la sentencia. Ella declaró que «no tiene contacto con él ni con nadie de la familia paterna» y que no tiene ninguna intención de tenerlo, porque priman sus sentimientos de «asco» y «angustia». Lo que necesita, según se probó en el juicio, es «borrar definitivamente el lazo que la une con su padre biológico».

La jueza declaró que para la joven es «injuriante llevar por el resto de su vida un apellido que no la identifica, que es el que porta su padre condenado por un delito del que ella misma es víctima y sólo le provoca malos sentimientos. Es por todo ello estimo procedente tener por configurados los ‘justos motivos’ exigidos por la ley para la procedencia del cambio de apellido solicitado».

«Debo valorar en este caso que la supresión de su apellido paterno tendrá, además, un fin reparador hacia esta mujer niña, quien, a pesar de haber alcanzado la mayoría de edad, mantiene esos sentimientos de angustia y rechazo hacia la figura de su progenitor victimario», concluyó la sentencia.

Continuar leyendo

Judiciales

Chocaron en la esquina de un boulevard y una doble mano: ¿Quién tiene la culpa?

Uno de los conductores implicados deberá pagar más de 6 millones de pesos.

el

Comenzaba febrero y faltaban 5 minutos para las 13 horas. Una conductora circulaba por el boulevard Contín desde la Universidad del Comahue hacia calle Caseros, en Viedma. Otro vehículo que venía por Alvear ya había atravesado la mitad del boulevard. Ningún vehículo frenó y colisionaron. Un fallo civil debió establecer quien tiene la culpa.

Por Contín circulaba un Renault Clio. Su dueña inició un litigio por daños y perjuicios. «A su entender, el demandado evidentemente ya había cruzado la primera arteria del boulevard y sin detener la marcha al intentar avanzar sobre la segunda arteria por donde se encontraba circulando la embiste», consta en el expediente.

Indicó que el conductor del Chevrolet Prisma «conducía a excesiva velocidad y no detuvo su marcha al cruzar el boulevard, sin respetar la prioridad de paso».

Describió que producto del impacto sufrió «lesiones en su antebrazo izquierdo y en múltiples partes del cuerpo por las que tuvo que recibir atenciones médicas prolongadas en el tiempo, como así también daños materiales en el rodado que imposibilitó que lo utilizara». Todo ello provocó «un cambio en su vida y la de su familia».

El otro automovilista no se presentó ante las reiteradas citaciones judiciales. Sí lo hizo la aseguradora. Afirmó que el Prisma ya había comenzado el cruce y que el Clío debía frenar.

El fallo tomó en cuenta la pericia accidentológica y las actas policiales. Concluyó que la prioridad de paso era de la conductora del Clío. Así queda claro viendo las fotografías anexadas al expediente.

«Al tratarse de un boulevard en el que existe un cantero de considerable dimensión entre los dos carriles de circulación, el conductor del Chevrolet Prisma tenía una amplia posibilidad de visualizar el tránsito que venía desde su mano derecha luego de atravesar la primera vía de dicho boulevard. Por lo tanto, surge evidente la impudencia de su parte al atravesar la encrucijada sin advertir el paso del Fiat Palio que tenía prioridad de paso viniendo desde su derecha», dice la sentencia.

Posteriormente, analizó los daños a resarcir. Tuvo en cuenta informes médicos, del empleador de la señora, los daños materiales al vehículo y los gastos afrontados.

Finalmente, condenó al conductor y a la aseguradora a abonar más de 6 millones y medio de pesos por la incapacidad sobreviniente, el daño moral, gastos médicos y privación de uso del vehículo. Además, dispuso que se cuantifiquen y actualicen los daños al vehículo para sumarlos a la indemnización.

Continuar leyendo

Judiciales

Subieron los divorcios en Río Negro: El último año hubo 1.529 sentencias que pusieron fin a un matrimonio

En 2023 se registraron más de 300 divorcios que el 2022.

el

Los 16 organismos del fuero de Familia de Río Negro dictaron 1.529 sentencias de divorcio el último año. En comparación, en 2022 hubo 1.204 fallos que pusieron fin a un matrimonio. Este tipo de trámites se canaliza en los juzgados de Familia, Unidades Procesales y juzgados Multifueros.

La disolución del matrimonio está contemplada en el Capítulo 8, artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación. El divorcio, que debe ser declarado judicialmente, es una de las causas que pone fin al matrimonio. El divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez o jueza de conformidad con el procedimiento previsto en la ley.

En 2020, que fue el año de la pandemia, se firmaron 910 divorcios. En ese momento se registró una baja en las disoluciones matrimoniales. En comparación, en 2020 se registraron 476 divorcios menos que en 2019.

Mientras que en 2021 el número volvió a subir: hubo 1.333 divorcios. En 2022, en cambio, se contabilizaron 1.204, es decir que bajaron en relación al periodo anterior. En 2023 subieron nuevamente a 1.529 sentencias.

En tanto en 2019 hubo 1.386 divorcios, en 2018 se contabilizaron 1.426, en 2017 1.395, en 2016 1.400, en 2015 903 y en 2014 1.078 disoluciones matrimoniales.

El fuero de Familia posee 16 organismos para atender la conflictividad de toda la provincia. Pero en esta temática solo se consignan los divorcios ya que los matrimonios se realizan ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas.

En Viedma funcionan tres unidades procesales, en San Antonio un Juzgado Multifueros, otras tres unidades procesales en Roca, un Juzgado de Familia en Villa Regina y otro en Luis Beltrán, tres unidades procesales en Bariloche, un juzgado Multifueros en El Bolsón y otras tres unidades procesales en Cipolletti.

La información surge del informe estadístico del Centro de Planificación Estratégica que depende del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement