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Judiciales

La Justicia ratificó que cualquier cartel de pare elimina la prioridad de quien circula por derecha

Así lo determinó la Cámara Civil de Apelaciones de Roca tras un siniestro que sufrieron dos motociclistas.

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La Cámara Civil de Apelaciones hizo lugar a la demanda de dos motociclistas que fueron embestidos en una esquina de Roca por un auto que venía por su derecha. Si bien la prioridad de paso de quien circula por la derecha es conocida como “la regla de oro” del tránsito, en el caso particular existía un cartel de PARE que obligaba a la conductora del coche a ceder el paso a quien se aproximaba por su izquierda.

El choque se produjo en el céntrico paseo del Canalito de Roca. El auto circulaba de oeste a este por calle Isidro Lobo (en un sector donde existía una escuela, había un lomo de burro a mitad de cuadra y un cartel indicador de PARE poco antes de la equina), mientras que la moto descendía del puente del Canalito por calle Misiones, en sentido norte – sur.

Teniendo en cuenta el particular diseño urbanístico de la ciudad, que está atravesada por varios canales de riego (el Canal Grande y el Canalito son los más importantes), el Código de Tránsito de Roca ya tenía vigente al momento del choque una excepción propia a la “regla de oro”. Esa ordenanza preveía que la prioridad de paso de la derecha “se pierde (…) cuando: se circule al costado de un canal, respecto de quien sale del puente”.

La conductora del auto reclamó la inconstitucionalidad de esa ordenanza, pero para la Cámara no fue necesario adentrarse en esa cuestión porque la respuesta al caso ya estaba dada por la Ley Nacional de Tránsito, cuya validez no fue cuestionada.

“En el caso, estaba el cartel de PARE y en consecuencia la prioridad de paso en favor de quienes circulan por la calle Misiones no sólo surge de la norma local, sino también de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449”, sostuvo el Tribunal. Es que el art. 36 de la Ley define en qué orden que se deben respetar las indicaciones de tránsito al circular: primero, lo que indique “la autoridad de comprobación o aplicación” (cuando un agente se encuentra personalmente dirigiendo el tránsito en un lugar determinado); segundo, las señales del tránsito (es el caso de los carteles de PARE, “ceda el paso” y otros), y tercero, las normas legales del tránsito (el sistema general de prioridades de paso que definen las leyes de tránsito nacionales, provinciales y/o municipales).

Así, la Cámara definió: “Aun cuando la prioridad fuere para los que llegan a la encrucijada por la derecha, cuando -como el caso- existe un visible cartel de PARE, la prioridad la determina tal señalización. Ésta opera como un semáforo que está en rojo y en consecuencia el conductor debe detener la marcha para continuarla sólo si verifica que no tiene obstáculo. Y es claro que en el caso la demandada (conductora del auto) no tenía la vía expedita, pues (…) embistió a la actora (los motociclistas), dando con el frente de su vehículo el lateral de la moto”.

Sobre la validez de la Ordenanza, la Cámara analizó que su constitucionalidad “podría discutirse” si afectase “cuestiones generales del tránsito o que pudieren alterar el tráfico interurbano o interprovincial (…) o vías de circulación nacionales, pero no en casos como el que nos ocupa, vinculado a aspectos muy puntuales y propios del tráfico local, como la dirección de las calles y las prioridades para la circulación. Normas que, por otra parte, sin duda alguna contribuyen al mejoramiento de la circulación vehicular frente a algo muy propio del lugar, como es la existencia de canales que atraviesan el casco urbano de la ciudad con puentes en altura, similares a los cruces de las vías del ferrocarril. Se llena así, inteligentemente, un claro vacío de la normativa nacional, aplicando los principios que guían la misma”.

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La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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Judiciales

Inició el juicio contra un ginecólogo de Roca denunciado por abuso sexual

El hecho ocurrió en el año 2021.

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Esta mañana (19/04) declararon varios testigos en el debate que inició hoy acerca de un abuso sexual simple que habría ocurrido en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en una clínica privada de General Roca.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Restan, para la próxima jornada, que presten testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa. Finalmente se escucharán los alegatos de clausura de las partes respecto de esta primera etapa del debate.

La calificación legal por la cual el hombre está imputado es la de «abuso sexual simple», según los Artículos 45, 119 primer párrafo, última parte del Código Penal, e interviene en el juicio un Tribunal unipersonal.

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Se realizó la tercera audiencia por la ocupación del edificio de la ex Estación en Roca

Es en busca de llegar a un acuerdo. Hay ocho personas imputadas.

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Ayer miércoles (17/04) se llevó a cabo la tercera audiencia de mediación entre el Municipio de Roca y referentes de la Biblioteca de Arte y Cultura Popular que llevan adelante la ocupación de una de las oficinas en la ex Estación de Ferrocarril.

El Municipio ofreció distintos espacios alternativos para posibilitar el funcionamiento de la Biblioteca, garantizando las condiciones edilicias necesarias para su correspondiente habilitación, dado que la oficina de la ex Estación no dispone de baño y por ello es inviable su funcionamiento como biblioteca y/o taller.

«Teniendo en cuenta el valor cultural de la Biblioteca, el Municipio viene realizando este ofrecimiento de espacios alternativos adecuados para su funcionamiento, desde las instancias de diálogo previas a la ocupación de la oficina de la ex Estación. La propuesta municipal se reiteró luego en cada una de las Audiencias pactadas por la Justicia», indicaron desde la comuna roquense.

*Historia de la Biblioteca de la Estación

En el edificio ubicado en la Estación de Ferrocarril que custodia y administra el Municipio de Roca, funcionan las Direcciones de Turismo y de Cultura. Además en año 2012 a través de la firma de un convenio se le cedió temporalmente un espacio en dicho edificio al Teatro de la Estación para el funcionamiento de diversas actividades culturales, entre ellas una Biblioteca de Arte.

Ambas agrupaciones (Teatro de la Estación y Biblioteca de Arte) convivieron inicialmente de manera armónica, compartiendo sanitarios para uso de los asistentes. Sin embargo, con el correr del tiempo, la Comisión Directiva del Teatro decide en el año 2022 dar de baja el préstamo del espacio a la Biblioteca de Arte, notificando de esta situación al Municipio mediante nota y desligándose de toda responsabilidad del uso de la oficina.

De esta forma, el grupo a cargo de la Biblioteca de Arte deja de disponer del préstamo de la oficina y de los sanitarios que anteriormente compartía con «Teatro de la Estación». Paralelamente la oficina donde estaba instalada la Biblioteca deja de ser utilizada, encontrándose el espacio en estado de abandono.

Por todo ello y ante la necesidad de disponer de dicha oficina por parte de la Dirección de Turismo, el Municipio ofrece la reubicación de la Biblioteca en otro espacio que disponga de los servicios y elementos acordes para su correcto funcionamiento, pone en resguardo los libros y elementos culturales que allí se encontraban, e inicia los trabajos de acondicionamiento de la oficina.

El 14 de marzo pasado, rechazando la propuesta de reubicación, referentes de la Biblioteca irrumpen en la oficina y la ocupan. El Municipio realiza la denuncia correspondiente y toma intervención la Justicia formulando cargos contra los ocupantes y estableciendo una instancia de mediación.

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