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Sociedad

Presentaron un amparo contra el DNU que prohíbe reuniones

Alegan que es inconstitucional. Fue presentado por el dirigente del ARI Javier Acevedo.

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Tras el Decreto Nacional N° 641/20 que prohíbe las reuniones sociales en todo el país, el presidente de la Asamblea Provincial de la CC-ARI, Javier Acevedo, presentó un recurso de amparo ante el Juzgado Federal de General Roca alegando la inconstitucionalidad del mismo por regular materia penal. El referente de la dirigente Elisa Carrió en Río Negro cuenta con el patrocinio letrado del Dr. Walter Carrasco.

“La prohibición de las reuniones familiares en todo el territorio argentino, sin distinción alguna entre provincias, implica un abuso de poder inadmisible que viola derechos y libertades individuales previstos en los Artículos 18° (inviolabilidad del domicilio) y 19° (libertad individual y acciones privadas) de la Constitución. Es una medida que excede el límite de lo razonable, y es contraria al estado de derecho y a la búsqueda de un orden social justo”, explicó Acevedo.

«La actual situación nos obliga a entender que debemos ir aprendiendo a convivir con el virus, como están haciendo otros países y ciudades del mundo; poner en marcha un plan serio y consistente de salida gradual que cuide la salud, nuestra economía y derechos y libertades. La salida de la pandemia es con responsabilidad colectiva e individual, no con un estado autoritario y policíaco”, agregó

El dirigente roquense explicó al respecto que “la medida del presidente Alberto Fernández establece un Estado de Sitio de facto al cercenar por decreto derechos fundamentales de los argentinos. Además que regula materia penal, expresamente prohibida por la Constitución”.

“Desde el momento en que el Congreso funciona, el Presidente está impedido de emitir disposiciones legislativas como los DNU, y sólo lo habilitan casos de extrema gravedad como acciones bélicas o desastres naturales, como lo ha sostenido la Corte en sus fallos”, y agregó: “- además es contradictorio, ya que según el decreto diez desconocidos pueden reunirse en eventos culturales y recreativos, pero una familia, menor a 10 personas, no puede reunirse en su propia casa y recibir a un hijo, un padre, un hermano”, finalizó Acevedo.

Con esta presentación ante el Juzgado Federal de General Roca, la CC-ARI suma a Río Negro a las provincias que acompañan esta medida judicial impulsada por la ex diputada y líder de la Coalición Cívica Elisa Carrió.

Roca

Ahora emiten alerta por fuertes vientos

Las ráfagas podrían llegar a los 100 km/h en el Valle. En la costa rionegrina hay alerta naranja por tormentas.

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El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) emitió un alerta amarillo para la región del Alto Valle pero ahora por fuertes vientos, luego de la tormenta que arrojó casi 24 mm de agua durante el fin de semana. Por su parte, hay alerta naranja por lluvias en la costa Atlántica rionegrina.

«El área será afectada por vientos del sudoeste con velocidades entre 55 y 65 km/h, y ráfagas que pueden superar los 100 km/h», indicó el SMN. La intensidad irá en aumento desde las primeras horas de este martes (16/04) hasta la tarde-noche.

Por su parte, desde la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC), prevén viento con ráfagas fuertes (de más de 70 km/h) proveniente del sudoeste. Mejoran las condiciones desde el miércoles (17/04). Aire más cálido con ascenso de la temperatura para el jueves (18/04).

En cuanto a la temperatura, las mínimas no bajarían de los 10°C y las máximas superarían los 20°C durante el resto de la semana.

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Roca

Por las lluvias, casi 100 familias fueron asistidas por el Municipio

No se registraron evacuados. Calculan una acumulación de casi 24 mm de agua.

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Durante el fin de semana, el Municipio de Roca realizó diversos trabajos en distintos puntos de la ciudad para paliar los inconvenientes ocasionados por las constantes lluvias, con acumulación de 24.1 mm.

Se brindó asistencia -principalmente con nylon- a 93 familias cuyas viviendas se vieron afectadas por la lluvia. No hubo evacuados.

Paralelamente se continuó con la limpieza de las cámaras de desagotes, desagües pluviales y bocas de tormenta.

Durante toda la semana se llevarán a cabo tareas de mantenimiento de calles en diferentes barrios, a fin de mejorar la transitabilidad de arterias afectadas por la lluvia.

El Municipio continúa centralizando la atención a través del área de Defensa Civil. Ante necesidades urgentes, comunicarse al 103 o al 4426376. Por consultas y reclamos, comunicarse a la línea gratuita 0800-229742 de lunes a viernes de 8 a 19 horas.

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Judiciales

Joven abusada en la infancia cambió su apellido después de la condena a su padre

Su progenitor abusó sexualmente de ella cuando tenía 5 años.

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Una joven del Alto Valle ya no llevará el apellido de su padre biológico y conservará únicamente el apellido de su mamá. Ante la jueza de Familia de Villa Regina la adolescente, quien alcanzó la mayoría de edad poco después de iniciado el proceso, demostró que el vínculo con el hombre «se encuentra totalmente destruido» a raíz del abuso sexual que él cometió contra ella cuando tenía apenas 5 años.

«Portar un apellido es una insignia que no sólo proviene de nuestros antepasados sino que también representa afecto, orgullo, responsabilidad; pero estos atributos, en la realidad, no siempre los portan los progenitores, pudiendo ese apellido representar dolor, rabia, vergüenza, entre otros. Específicamente en los casos de supresión de apellido paterno como el que nos ocupa, se debe tener presente la íntima relación entre la memoria, la reparación y el derecho a ser escuchado y creído. Escuchar a la joven, creerle su sentir, es devolverle su dignidad vulnerada, respetar su deseo, ayudarla a sanar su dolor y proyectar su vida, ahora adulta, de una manera más beneficiosa y saludable», expresó la jueza en la sentencia.

El caso se inició con la demanda presentada por la mamá. Todo fue confirmado luego con la declaración de la adolescente, con los demás testimonios y con informes psicológicos. Además, se adjuntó la condena penal como prueba del abuso. Teniendo en cuenta la faz dinámica de la identidad de las personas, se valoró también que la jovencita lleva mucho tiempo utilizando únicamente el apellido de su mamá en la escuela, en sus redes sociales y en sus ámbitos de relación.

El padre fue citado al proceso y si bien dijo que los hechos de la demanda no son reales, aceptó expresamente y sin condicionamientos la supresión del apellido.

La sentencia ordenó modificar la partida de nacimiento de la joven, quien durante la primera etapa del proceso estuvo representada por la Defensoría de Menores y luego, al cumplir los 18 años, continuó la demanda en forma autónoma.

La jueza explicó que si bien las leyes buscan garantizar que coincidan la filiación, el nombre y la registración de las personas, esa regla «no es absoluta». Agregó que «la identidad personal se construye diariamente, resulta de un devenir, de comportamientos sociales y familiares que identifican a una persona por ‘ser quien es’ y ‘quien dice ser'», expresó.

«La regla de inmutabilidad del nombre se ve flexibilizada ante la existencia de justos motivos» y «en el caso, la joven ha manifestado su firme y sostenido deseo de suprimir su apellido paterno», detalló la sentencia. Ella declaró que «no tiene contacto con él ni con nadie de la familia paterna» y que no tiene ninguna intención de tenerlo, porque priman sus sentimientos de «asco» y «angustia». Lo que necesita, según se probó en el juicio, es «borrar definitivamente el lazo que la une con su padre biológico».

La jueza declaró que para la joven es «injuriante llevar por el resto de su vida un apellido que no la identifica, que es el que porta su padre condenado por un delito del que ella misma es víctima y sólo le provoca malos sentimientos. Es por todo ello estimo procedente tener por configurados los ‘justos motivos’ exigidos por la ley para la procedencia del cambio de apellido solicitado».

«Debo valorar en este caso que la supresión de su apellido paterno tendrá, además, un fin reparador hacia esta mujer niña, quien, a pesar de haber alcanzado la mayoría de edad, mantiene esos sentimientos de angustia y rechazo hacia la figura de su progenitor victimario», concluyó la sentencia.

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