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Judiciales

Imputaron al único detenido por el femicidio de Jacqueline Pino

Le impusieron prisión preventiva por seis meses. El cuerpo de la víctima fue hallado meses después del crimen en la barda de Allen.

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La fiscal de guardia Belén Calarco formuló cargos a un hombre por un hecho que constituye el delito de homicidio calificado por ser perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género y con el concurso de dos o más personas y agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación de arma de fuego sin la debida autorización legal, coacción agravada por el uso de arma de fuego y amenazas.

Según la acusación se le atribuye lo ocurrido en la ciudad de Allen en fecha ubicable entre fines de octubre y los primeros días del mes de noviembre de 2020, en hora no precisada con exactitud, en el domicilio del acusado, con plena convergencia intencional y munidos de un plan común junto a dos personas aún no identificadas a la fecha; le habría efectuado un disparo a la altura del pecho, con un arma de fuego calibre 32 que portaba sin la debida autorización legal, provocando la muerte de Jacqueline del Carmen Pino.

Todo ello aprovechándose de la asimetría física y de poder existente respecto de la víctima. La que habría fallecido por taponamiento cardiaco (por lesión muy probablemente cardiaca o de grandes vasos torácicos) en hemitórax izquierdo. Luego los tres hombres habrían dejado el cuerpo en la zona del basural. En tanto que el mismo fue descubierto el día 3 de enero por una familia que recorría el lugar.

La fiscal describió la profusa evidencia colectada en el marco de la tarea realizada junto a la Brigada de Investigaciones de Allen, personal de la Comisaria 33° y 6° de Allen, Gabinete de Criminalística de Allen y Roca y peritos del Poder Judicial de Río Negro y Neuquen, desde el momento del hallazgo del cuerpo.

Entre los documentos descriptos; denuncia de hallazgo de cadáver, diversas entrevistas testimoniales a quienes serían familiares de la víctima y allegados, informes de las tareas desplegadas por la Oficina de Informática y Telecomunicaciones dependiente de la Procuración General, diligencias realizadas sobre el taxi autorizadas por la Jueza de Garantías en turno, donde mediante la aplicación del sistema Blue Star de detectó la presencia de manchas de sangre. Las que luego serán enviadas a analizar y realizar estudios comparativos de ADN, en el Laboratorio de Genética Forense.

Se agrega el informe preliminar de autopsia realizado en primera instancia en General Roca y luego en Neuquén donde se señaló que uno de los proyectiles alojados es de antigua data. Se pudo además determinar algunas señas particulares como tatuajes que permiten presuponer la identidad. De igual modo se pidieron nuevos estudios para comprobar de manera fehaciente la misma. Se llevarán a cabo estudios entomológicos en la ciudad de Buenos Aires para obtener data de la muerte o achicar el rango temporal.

Se solicitó además una muestra de ADN del acusado para realizar estudios comparativos con diversos elementos secuestrados.

El acusado fue asistido por la defensa pública penal quien no manifestó objeciones a la formulación de cargos ni al plazo requerido para llevar adelante la investigación. En cambio se opuso el defensor respecto a la prisión preventiva. El acusado declaró «que negaba los hechos que se le imputan» y no respondió preguntas.

La Jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos en función de la evidencia probatoria presente en el legajo por el delito de homicidio calificado por ser perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género y con el concurso de dos o más personas y agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación de arma de fuego sin la debida autorización legal, coacción agravada por el uso de arma de fuego y amenazas. Todo ello de acuerdo a lo normado en los artículos 80 inciso 6º Y 11, 41 bis, 149 bis párrafo 1° y 2º y 149 ter inciso 1, 189 bis inciso 2º párrafo 3º y 55 -de calificación legal- y Art. 45 del Código Penal. Salvo en el delito de portación de arma de fuego sin la debida autorización legal, el resto en calidad de coautor.

Otorgó la prisión preventiva por seis meses atento a los planteos de la Fiscalía dado que aún restan realizar medidas y algunas de ellas destinadas a dar con la identidad de las otras personas que habrían participado del hecho, la pena en caso de caer condena la pena sería de cumplimiento, el riesgo de entorpecimiento a la investigación valorando las amenazas recibidas por un testigo esencial en la causa y el peligro de fuga.

Permanecerá con prisión preventiva hasta el día 6 de julio en un establecimiento penal provincial. En tanto continuará detenido en la misma unidad policial atento a los protocolos COVID 19 por el término de 14 días.

Judiciales

Caso Gatti: La causa avanza al juicio

El Tribunal de Impugnación confirmó que no hay probation para el acusado de tenencia de imágenes de abuso infantil.

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El Tribunal de Impugnación confirmó la decisión de dos jueces de Roca que denegaron la opción de una probation a un hombre acusado de facilitación y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil. De esta manera se afianzó la proyección del juicio oral y público que la Oficina Judicial de Roca fijó para el mes de mayo, aunque la defensa del imputado aún tiene chances de interponer otros recursos.

La probation -cuyo nombre correcto es «suspensión de juicio a prueba»- es una alternativa que admite la ley para algunos delitos penales. Para que se pueda aplicar, la fiscalía debe prestar su consentimiento, algo que no ocurrió en esta investigación. Cuando un juez la admite, la persona acusada puede someterse a reglas de conductas y asumir compromisos, reparaciones económicas o inhabilitaciones durante un plazo determinado a cambio de dejar «en suspenso» el proceso en su contra. Si durante ese tiempo cumple con todas las pautas, el caso se cierra. Pero si se verifica algún incumplimiento, el proceso se reactiva para ir a juicio.

Según reseñó el TI, en noviembre pasado el juez del Control de Acusación, en Roca, no hizo lugar al pedido de suspensión de juicio a prueba que formuló el defensor en este caso. Contra esa decisión la defensa planteó un primer recurso y en febrero de este año un juez de Revisión confirmó la denegatoria. Luego la defensa planteó una impugnación, que también fue rechazada, y finalmente presentó un recurso de queja ante el Tribunal de Impugnación. Argumentó que el rechazo fue «arbitrario» y reclamó que se reconsidere la opción de la probation.

En su fallo el TI recalcó que ese tipo de decisiones de los jueces de Revisión no son impugnables según el Código Procesal Penal. Agregó que, igualmente, se cumplió con el derecho de la defensa de que otro juez controle la primera denegatoria a la probation. Y finalizó señalando que, en última instancia, la defensa debió «acreditar ante este Tribunal de Impugnación la afectación constitucional/convencional que habilite el recurso extraordinario federal. De nuestro análisis, esta situación no está acreditada», concluyó el TI.

En principio, el juicio oral está fijado para los días 15,16, 17 y 21 de mayo en Roca. Será ante un tribunal colegiado (tres jueces) en función de la calificación legal y la pretensión punitiva que se admitieron en el control de acusación.

Los presuntos delitos que se someterán a juicio son tenencia y facilitación, en concurso real con tenencia con fines de distribución de imágenes de abuso sexual infantil (50 hechos), en todos los casos agravadas por la edad de las víctimas (menores de 13 años).

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Judiciales

Imputaron por homicidio simple al productor que mató de un escopetazo a un sujeto

La víctima estaba robando cebollas. El acusado seguirá en libertad mientras continúa la investigación.

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Un hombre de 40 años quedó imputado por el delito de homicidio simple en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, a raíz de la muerte Marcelo Suárez hecho que sucedió el martes (12/02) en la localidad de Ingeniero Huergo.

Según la acusación fiscal, «el 12 de marzo, a las 21.00 en una chacra de Ingeniero Huergo, el imputado notó que en su propiedad estaba Marcelo Suarez, que al ser sorprendido, habría descartado una bolsa que contenía cebollas y habría comenzado a correr».

«Sin embargo, el victimario con intenciones de darle muerte, le efectuó al menos un disparo con un arma de fuego tipo escopeta, tiro a tiro, calibre 12 UAB, que portaba sin la debida autorización legal, sobre el cuerpo de Suárez, impactando sobre su espalda, producto de lo cual falleció en el lugar», agregó el fiscal del caso.

Entre la evidencia mencionada por la Fiscalía para esta instancia de formulación de cargos se encuentran: el acta de la Comisaría N° 16 de Huergo y de la intervención realizada, el acta del secuestro de un arma de fuego, entrevistas. También el informe de la División de Investigación Judicial y del Gabinete de Criminalística de la Policía de Rio Negro, y el resultado del allanamiento realizado en la casa del imputado.

La calificación jurídica provisoria por la instancia de imputación es la de «homicidio simple en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal para hacerlo».

Las medidas cautelares solicitadas por la fiscalía fueron: presentaciones semanales del imputado para dar cuenta de estar a derecho, la colocación de una tobillera de monitoreo por GPS, «de esta manera nos vamos a asegurar que el hombre se someta al proceso, además se pide una prohibición de contacto con los testigos mencionados por la Fiscalía», explicó el fiscal adjunto.

«Falta adjuntar al legajo la autopsia concretada por el Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial con sede en General Roca, además de la pericia balística encargada al Departamento de análisis balístico legal perteneciente al Ministerio Público y demás pruebas», agregó el representante fiscal.

Por su parte el defensor penal público que asiste al hombre en este proceso, no se opuso a la formulación de cargos ni tampoco a las medidas cautelares. Resaltó que «fue la familia que dio aviso a la policía y sostenemos que no existe riesgo de fuga».

De esta manera, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos tal lo descripto por los representantes del Ministerio Público Fiscal. Y respecto de las medidas cautelares, el peligro de entorpecimiento a la investigación fue aceptado por la magistrada más no el de fuga, e hizo lugar a la medida cautelar de prohibición de contacto para los dos testigos, bajo apercibimiento del delito de desobediencia a una orden judicial, por el plazo de 4 meses.

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Judiciales

Un juez de Roca rechazó el amparo para reactivar el Tren del Valle

Argumentó que el derecho al transporte no estaba limitado, ya que existían alternativas como taxis, remises y colectivos.

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La resolución del juez federal Hugo Greca en General Roca, que desestima el recurso de amparo presentado por diversas organizaciones sociales para la reactivación del Tren del Valle, ha generado descontento y críticas por parte de los afectados. Lorenzo Brevi, representante de la organización «Despertemos los Durmientes», expresó su insatisfacción con la decisión judicial.

El recurso de amparo, respaldado por alrededor de 10.000 firmas, mayormente de estudiantes, buscaba presionar para la vuelta del servicio ferroviario. Sin embargo, el juez argumentó que el derecho al transporte no estaba limitado, ya que existían alternativas como taxis, remises y colectivos.

Brevi, en diálogo con Radio CALF, criticó esta afirmación, señalando que la solución a la falta de servicio ferroviario está en manos de los gobiernos, quienes deben tomar decisiones políticas para impulsar el regreso del tren. Considera que dejar la decisión en manos de un juez no es la opción óptima y sugiere que esta debería ser una determinación tomada por la sociedad.

El activista también señaló que, a pesar de algunas respuestas parciales, el reclamo por la reactivación del Tren del Valle ha estado en marcha desde 2006. Mientras que se ha restablecido el servicio de tren de Cipolletti a Plottier, en el Alto Valle la situación permanece «renga» en términos de servicios ferroviarios.

La decisión del juez Greca marca un nuevo episodio en el prolongado conflicto entre las organizaciones sociales y las autoridades sobre la reactivación del Tren del Valle, un tema que sigue generando debate y movilización en la región.

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