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Un niño fue atacado por un pitbull y el dueño deberá indemnizar a la familia

La Justicia fijó la indemnización en casi $800.000 más los respectivos intereses desde junio del 2019.

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El dueño de un perro de raza «pitbull» deberá indemnizar a la familia de un niño que fue atacado por el can en la vía pública, cuando caminaba en compañía de su padre y una hermana. El hecho le ocasionó lesiones físicas y secuelas psicológicas.

El ataque ocurrió el 26 de junio de 2019 siendo aproximadamente las 22 horas, cuando el perro se escapó de su vivienda ubicada en la calle Pasaje Gutiérrez de Bariloche y mordió al nene. Como consecuencia del ataque sufrió una herida en la cara posterior de la pantorrilla de la pierna izquierda de quince centímetros de longitud.

Luego de ser atendido por los médicos debieron realizarse veintidós puntos internos y externos. Quedó internado . El tratamiento incluyó el suministro de calmantes, antirrábicos y curaciones varias. Además de sufrir todas estas lesiones físicas, el niño tuvo que iniciar un acompañamiento psicológico a fin de superar la traumática situación vivida.

La sentencia por daños y perjuicios del juez Santiago Morán en primer término señaló la incomparecencia del demandado, dueño del animal.

Responsabilidad del dueño del animal

En este sentido el fallo consignó que «la responsabilidad del demandado surge de la omisión del deber de prevención establecido en el art. 1710 del Código Civil y Comercial” el cual dispone que «toda persona tiene el deber, en cuanto de ella dependa, de: a) evitar causar un daño no justificado; y b) adoptar de buena fe y conforme a la circunstancias, las medidas razonables para evitar que se produzca un daño».

En este caso la omisión al deber señalado, surge de manera evidente. La sentencia da cuenta que “el perro del demandado pudo salir de su casa y atacar al nene quién se encontraba caminando por la vereda con sus familiares. Ello revela que, o bien la casa del demandado no está debidamente cercada y/o que, pese a tener un cerco, éste no es del todo seguro como para evitar que el perro salga del predio”.

El primero de los rubros que destaca la sentencia a indemnizar es el daño moral. Recordando que su definición apunta a «una modificación disvaliosa del espíritu en el desenvolvimiento de su capacidad de entender, querer o sentir, con independencia de su repercusión económica». Se ha considerado que la procedencia de esta partida indemnizatoria resulta incuestionable. Se advierte claramente que el hecho que tuvo que atravesar el niño, es por sí mismo traumático y sin dudas provocaron sensaciones negativas, tales como miedo, enojo, angustia. A ello se suma, y como mencionara la perito psicóloga, que el nene ha quedado con una marcada inhibición a lugares donde se encuentren perros.

A ello, cabe añadir, el daño físico experimentado, por caso la cirugía a la cual tuvo que someterse, los posteriores tratamientos de rehabilitación y la cirugía estética futura para paliar dicha situación.

«En base a ello resulta obvio señalar que tanto el episodio que motiva esta acción, como las secuelas que éste produjo modificaron en forma negativa la vida del menor afectando su integridad física, su paz y su tranquilidad», menciona la sentencia. Agregó que «como dichos bienes resultan de alta trascendencia para todo ser humano, su quebrantamiento exige, de su causante, una reparación. Y, como ocurre en estos casos, la única vía posible es mediante una compensación económica».

Daño psíquico y tratamientos futuros

La pericia psicológica detalló las consecuencias psíquicas que ha sufrido el niño luego del siniestro. Miedo, incapacidad para recordar aspectos vinculados al siniestro, irritabilidad y otras que abarcan el aspecto cognitivo, como la falta de concentración y fallas en la memoria con un estado general de abulia.

La profesional médica designada por el Tribunal, señaló que, como consecuencia del suceso sufrido por el niño, presenta cicatrices visibles en el miembro inferior izquierdo las cuales impactan en su vida diaria, sugiriendo una cirugía reconstructiva, situación que generará gastos. Esta intervención también fue recomendada por la la perito psicóloga, quién estimó que el daño estético es considerable para un niño en crecimiento ya que afecta su imagen corporal.

Otros de los rubros a indemnizar serán los gastos ocasionados por este siniestro. Fueron múltiples, por ejemplo, los traslados a cada revisación, a cada sesión con los distintos profesionales que atendieron al nene. Más aun, señala la sentencia, que la familia del nene carece de movilidad propia.

Finalmente la sentencia ha destacado que a los importes indemnizatorios -estipulados en casi $800.000- se le deberán adicionar los respectivos intereses que se calcularán desde el momento en que se produjo el daño.

Judiciales

La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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Judiciales

Inició el juicio contra un ginecólogo de Roca denunciado por abuso sexual

El hecho ocurrió en el año 2021.

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Esta mañana (19/04) declararon varios testigos en el debate que inició hoy acerca de un abuso sexual simple que habría ocurrido en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en una clínica privada de General Roca.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Restan, para la próxima jornada, que presten testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa. Finalmente se escucharán los alegatos de clausura de las partes respecto de esta primera etapa del debate.

La calificación legal por la cual el hombre está imputado es la de «abuso sexual simple», según los Artículos 45, 119 primer párrafo, última parte del Código Penal, e interviene en el juicio un Tribunal unipersonal.

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Se realizó la tercera audiencia por la ocupación del edificio de la ex Estación en Roca

Es en busca de llegar a un acuerdo. Hay ocho personas imputadas.

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Ayer miércoles (17/04) se llevó a cabo la tercera audiencia de mediación entre el Municipio de Roca y referentes de la Biblioteca de Arte y Cultura Popular que llevan adelante la ocupación de una de las oficinas en la ex Estación de Ferrocarril.

El Municipio ofreció distintos espacios alternativos para posibilitar el funcionamiento de la Biblioteca, garantizando las condiciones edilicias necesarias para su correspondiente habilitación, dado que la oficina de la ex Estación no dispone de baño y por ello es inviable su funcionamiento como biblioteca y/o taller.

«Teniendo en cuenta el valor cultural de la Biblioteca, el Municipio viene realizando este ofrecimiento de espacios alternativos adecuados para su funcionamiento, desde las instancias de diálogo previas a la ocupación de la oficina de la ex Estación. La propuesta municipal se reiteró luego en cada una de las Audiencias pactadas por la Justicia», indicaron desde la comuna roquense.

*Historia de la Biblioteca de la Estación

En el edificio ubicado en la Estación de Ferrocarril que custodia y administra el Municipio de Roca, funcionan las Direcciones de Turismo y de Cultura. Además en año 2012 a través de la firma de un convenio se le cedió temporalmente un espacio en dicho edificio al Teatro de la Estación para el funcionamiento de diversas actividades culturales, entre ellas una Biblioteca de Arte.

Ambas agrupaciones (Teatro de la Estación y Biblioteca de Arte) convivieron inicialmente de manera armónica, compartiendo sanitarios para uso de los asistentes. Sin embargo, con el correr del tiempo, la Comisión Directiva del Teatro decide en el año 2022 dar de baja el préstamo del espacio a la Biblioteca de Arte, notificando de esta situación al Municipio mediante nota y desligándose de toda responsabilidad del uso de la oficina.

De esta forma, el grupo a cargo de la Biblioteca de Arte deja de disponer del préstamo de la oficina y de los sanitarios que anteriormente compartía con «Teatro de la Estación». Paralelamente la oficina donde estaba instalada la Biblioteca deja de ser utilizada, encontrándose el espacio en estado de abandono.

Por todo ello y ante la necesidad de disponer de dicha oficina por parte de la Dirección de Turismo, el Municipio ofrece la reubicación de la Biblioteca en otro espacio que disponga de los servicios y elementos acordes para su correcto funcionamiento, pone en resguardo los libros y elementos culturales que allí se encontraban, e inicia los trabajos de acondicionamiento de la oficina.

El 14 de marzo pasado, rechazando la propuesta de reubicación, referentes de la Biblioteca irrumpen en la oficina y la ocupan. El Municipio realiza la denuncia correspondiente y toma intervención la Justicia formulando cargos contra los ocupantes y estableciendo una instancia de mediación.

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