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Tendinitis mal atendida por la ART dejó a una mujer con una grave incapacidad laboral

A la trabajadora se le desmoronaron unas 20 docenas de cajas vacías. Como se le venían encima, levantó su brazo izquierdo para apartar las que caían y fue entonces cuando sintió un fuerte tirón en todo el brazo y la mano.

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El Superior Tribunal de Justicia confirmó una sentencia que ordena a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo indemnizar a una mujer que sufrió un accidente laboral, en principio menor, pero que luego quedó con un brazo inválido por falta de atención adecuada y sostenida. Además, unos meses después del siniestro fue despedida, por lo que se quedó sin obra social.

La mujer ingresó a trabajar en una fábrica de pastas frescas en Bariloche. A los meses, para entregar un pedido, quiso bajar unas cajas que estaban apiladas más arriba de su cabeza. Pero al hacerlo se le desmoronaron unas 20 docenas de cajas vacías. Como se le venían encima, levantó su brazo izquierdo para apartar las que caían y fue entonces cuando sintió un fuerte tirón y ardor en todo el brazo y la mano.

Con un primer diagnóstico de ‘tendinitis’, la ART dispuso prestaciones médicas y sesiones de kineseología. Tiempo después le dio el alta médica sin reconocer ningún tipo de secuela y declarando que la enfermedad era ‘inclulpable’, es decir, que no tenía relación con el trabajo. Pocas semanas después la mujer fue despedida.

Como la señora seguía sintiendo dolor, cuestionó la decisión de la ART ante las Comisiones Médicas. En un primer trámite no se le reconoció ninguna incapacidad. Pero apeló y le reconocieron una invalidez del 4%. Con el mismo cuadro, siguió impulsando el trámite y le dictaminaron una incapacidad del 9%. Sin embargo, en todos esos meses de trámites estuvo sin atención médica adecuada y la dolencia se hizo crónica. Por eso, ya en el marco del juicio laboral que inició la mujer, un perito médico especialista estableció que presentaba una incapacidad del 45,57% y que la misma era ‘definitiva’. El informe de otra médica experta en dolor señaló además que padecía el ‘síndrome de suddeck’, por el cual indicó un porcentaje mayor de incapacidad en el brazo izquierdo.

Ante la Cámara Laboral la ART se defendió afirmando que, en su debido momento, «reconoció el siniestro, prestó las prestaciones medicas necesarias y luego abonó las incapacidades dictaminadas por las Comisiones Médicas intervinientes». Por lo tanto, afirmó, «nada más adeuda ni debe».

Dolencia desatendida

En el fallo de primera instancia los jueces de Bariloche avalaron una pericia médica que mostró la evolución de la enfermedad y concluyeron que la tendinitis «en un primer momento fue insuficientemente atendida y luego abiertamente desatendida».

«Hago mío el disgusto del médico respecto de la evolución que tuvo la enfermedad de la señora, que provocaron que tenga un miembro superior casi nulo o inválido por la desatención de la tendinitis inicial», dijo el Tribunal.

La Cámara, finalmente, declaró una incapacidad del 51,8% y ordenó a la ART que le abone en un solo pago la liquidación definitiva de la indemnización legal y que cubra económicamente «las prestaciones médicas necesarias para que la actora recupere en lo más posible su estado de salud anterior al acaecimiento del siniestro laboral».

La ART interpuso un recurso contra esa sentencia, que fue rechazado por la misma Cámara Laboral. Por eso avanzó hacia el Superior Tribunal de Justicia con un recurso de queja, para cuestionar aquella denegatoria.

«El escrito bajo análisis no cumple con el objeto propio de la queja, consistente en patentizar el error jurídico», dijo el STJ al rechazar el planteo de la aseguradora. «No surge un agravio concreto o fundamentos sólidos capaces de demostrar la improcedencia de lo decidido» por la Cámara Laboral, concluyó el máximo tribunal provincial al rechazar el recurso de queja y confirmar la sentencia.

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La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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Inició el juicio contra un ginecólogo de Roca denunciado por abuso sexual

El hecho ocurrió en el año 2021.

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Esta mañana (19/04) declararon varios testigos en el debate que inició hoy acerca de un abuso sexual simple que habría ocurrido en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en una clínica privada de General Roca.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Restan, para la próxima jornada, que presten testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa. Finalmente se escucharán los alegatos de clausura de las partes respecto de esta primera etapa del debate.

La calificación legal por la cual el hombre está imputado es la de «abuso sexual simple», según los Artículos 45, 119 primer párrafo, última parte del Código Penal, e interviene en el juicio un Tribunal unipersonal.

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Se realizó la tercera audiencia por la ocupación del edificio de la ex Estación en Roca

Es en busca de llegar a un acuerdo. Hay ocho personas imputadas.

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Ayer miércoles (17/04) se llevó a cabo la tercera audiencia de mediación entre el Municipio de Roca y referentes de la Biblioteca de Arte y Cultura Popular que llevan adelante la ocupación de una de las oficinas en la ex Estación de Ferrocarril.

El Municipio ofreció distintos espacios alternativos para posibilitar el funcionamiento de la Biblioteca, garantizando las condiciones edilicias necesarias para su correspondiente habilitación, dado que la oficina de la ex Estación no dispone de baño y por ello es inviable su funcionamiento como biblioteca y/o taller.

«Teniendo en cuenta el valor cultural de la Biblioteca, el Municipio viene realizando este ofrecimiento de espacios alternativos adecuados para su funcionamiento, desde las instancias de diálogo previas a la ocupación de la oficina de la ex Estación. La propuesta municipal se reiteró luego en cada una de las Audiencias pactadas por la Justicia», indicaron desde la comuna roquense.

*Historia de la Biblioteca de la Estación

En el edificio ubicado en la Estación de Ferrocarril que custodia y administra el Municipio de Roca, funcionan las Direcciones de Turismo y de Cultura. Además en año 2012 a través de la firma de un convenio se le cedió temporalmente un espacio en dicho edificio al Teatro de la Estación para el funcionamiento de diversas actividades culturales, entre ellas una Biblioteca de Arte.

Ambas agrupaciones (Teatro de la Estación y Biblioteca de Arte) convivieron inicialmente de manera armónica, compartiendo sanitarios para uso de los asistentes. Sin embargo, con el correr del tiempo, la Comisión Directiva del Teatro decide en el año 2022 dar de baja el préstamo del espacio a la Biblioteca de Arte, notificando de esta situación al Municipio mediante nota y desligándose de toda responsabilidad del uso de la oficina.

De esta forma, el grupo a cargo de la Biblioteca de Arte deja de disponer del préstamo de la oficina y de los sanitarios que anteriormente compartía con «Teatro de la Estación». Paralelamente la oficina donde estaba instalada la Biblioteca deja de ser utilizada, encontrándose el espacio en estado de abandono.

Por todo ello y ante la necesidad de disponer de dicha oficina por parte de la Dirección de Turismo, el Municipio ofrece la reubicación de la Biblioteca en otro espacio que disponga de los servicios y elementos acordes para su correcto funcionamiento, pone en resguardo los libros y elementos culturales que allí se encontraban, e inicia los trabajos de acondicionamiento de la oficina.

El 14 de marzo pasado, rechazando la propuesta de reubicación, referentes de la Biblioteca irrumpen en la oficina y la ocupan. El Municipio realiza la denuncia correspondiente y toma intervención la Justicia formulando cargos contra los ocupantes y estableciendo una instancia de mediación.

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