Judiciales
Llega a juicio la causa IPROSS Farmacias
Declararán alrededor de 388 testigos propuestos por la acusación, y 120 por la defensa de los imputados.
Tras 14 días de extensas audiencias concretadas en los Tribunales roquenses, culminó la presentación de la prueba con la que el Ministerio Público Fiscal buscará probar la autoría de tres farmacéuticos por los delitos de «estafas reiteradas, agravadas por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública».
Hoy (10/03) se conoció la resolución del juez que determinó que el juicio estará encabezado por un Tribunal Colegiado, atendiendo a la pretensión de la acusación que fija la pena posible en más de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.
El control de acusación se llevó adelante contra cuatro personas imputadas por hechos de defraudación a la Obra Social IPROSS, ocurridos entre diciembre de 2013 y abril de 2019, maniobra que habría sido posible por la connivencia entre la responsable del área de Auditoria del Colegio y los dueños de determinadas farmacias.
Las acusación la ejerce no sólo por el Ministerio Público Fiscal sino además la Fiscalía de Estado de la provincia constituida en querellante. Ambos organismos presentaron la profusa prueba para sostener durante el juicio la calificación legal que también fue aceptada esta mañana en la resolución del magistrado interviniente. La defensa de los imputados efectuó su propio ofrecimiento de prueba.
Así, se determinó que durante el debate oral y público declararán alrededor de 388 testigos propuestos por la acusación, y 120 por la defensa de los imputados.
Cabe recordar que se trata de una causa con procedimiento de asuntos complejos y en la misma ya hay dos personas condenadas con sentencia firme.
Asimismo el pasado marzo, tras la intervención del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), se resolvió suspender el final del control de acusación contra otra de las imputadas, la responsable del área de Auditoria del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Río Negro, hasta que se determine que la señora está nuevamente en condiciones psicofísicas de participar de las audiencias por lo que el presente juicio se realizará contra los tres restantes imputados.
La investigación preliminar
Para la realización de las múltiples pericias que se concretaron durante los meses de investigación preliminar, la acusación requirió la labor de diversos organismos, entre ellos de los especialistas en Informática Forense del área de Informática Forense del Poder Judicial, intervinieron los peritos contadores de la División de Informes Técnicos de la Unidad de Asistencia a la Investigación Fiscal de la Procuración General, el perito calígrafo del Cuerpo de Investigación Forense de la 2° Circunscripción Judicial, los integrantes de la Unidad Operativa de la investigación del Ministerio Público Fiscal.
Esas áreas realizaron el análisis de los informes requeridos durante la investigación, por ello se concretaron en total 4 pericias informáticas, 4 pericias contables, 3 pericias caligráficas, un informe del Cuerpo de Investigación Forense. Se incluyeron las ampliaciones que eran requeridas por la acusación cada vez que se evidenciaba una nueva modalidad de estafa y ello requería, para la etapa de control de acusación, llegar a la raíz de la maniobra que se iba desmembrado con el avance de todas las pericias.
Se suman los informes de los allanamientos concretados en el Colegio de Farmacéuticos de General Roca, también en la sede del desarrollador del sistema informático del Colegio ubicado en Gualeguaychú, Entre Ríos. De allí se extrajeron las bases de datos de los sistemas de gestión (software) Xarion y Xeilon, que fueron utilizados por los imputados.
Se incluyen los allanamientos hechos en domicilios particulares donde intervinieron los peritos especialistas y el Gabinete de Criminalística.
Además como prueba de la acusación se cuentan las numerosas recetas de medicamentos de los planes Epilepsia y Diabetes presentadas en la denuncia inicial del legajo, como también las requeridas a IPROSS por la Fiscalía, y que fueron peritadas. Las mismas tuvieron que ser rastreadas por la obra social y entregar las versiones físicas.
En carácter de testigos comparecerán en el juicio más de 250 afiliados de la Obra Social que figurarían como consumidores en las distintas modalidades de estafa, también personal de las diversas entidades bancarias; de IPROSS de la sede de Viedma; proveedores del sistema informático del Colegio con domicilio en Entre Ríos; referentes del organismo que nuclea los laboratorios que preveían medicamentos a las droguerías; los responsables de las diversas droguerías.
También declararán, tal lo solicitado por la acusación, los integrantes del Colegio de Farmacéuticos, asociados, autoridades, empleados y ex-empleados tanto de la entidad como de algunas de las farmacias.
Variados informes que fueron solicitados por la Fiscalía serán verbalizados por representantes de las oficinas pertinentes, entre ellos el informe del Tribunal de Cuentas sobre las diferentes auditorías realizadas al IPROSS a lo largo del periodo investigado.
Judiciales
Un ex juez acusado de abuso sexual sufrió dos ACV y por ahora no irá a juicio
Se trata de Daniel Tobares, imputado en un caso de abuso sexual con acceso carnal. Su estado de salud es delicado.
Daniel Tobares, el ex juez de General Roca imputado por abuso sexual con acceso carnal, sufrió dos accidentes cerebrovasculares que impiden, hasta el momento, la elevación a juicio de la causa.
Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR), en un plazo de cuatro meses volverá a ser examinado por el cuerpo médico forense, para determinar su estado físico y psíquico. La causa pasó el control de acusación a fines del 2021 y debía haber sido sometida a debate a mediados del año pasado.
El ex magistrado, de larga trayectoria en los Tribunales de la Segunda Circunscripción con sede en Roca, fue acusado de abuso sexual con acceso carnal, un delito por el que podría recibir una condena de entre 8 y 15 años de prisión.
En las últimas horas, Tobares debió ser sometido a una delicada intervención quirúrgica por un tumor en la zona cerebral y su estado actual es muy delicado.
La denuncia que inició la causa fue realizada por una joven estudiante de Derecho, quien la presentó en la Comisaría Tercera de Roca. La investigación estuvo a cargo de los fiscales de la Cuarta Circunscripción, con sede en Cipolletti, para evitar cualquier posible «contaminación» por los años de actuación del acusado.
El Ministerio Público aseveró que el 10 de abril de 2021, entre las 1.30 y las 4 de la madrugada, Tobares se encontró con la joven en una confitería céntrica. Allí compartieron un rato y luego se ofreció a llevarla a su domicilio. En realidad, la traslado a su propia vivienda y aprovechando que la víctima no estaba en condiciones de defenderse, abusó de ella.
Entre otros elementos de prueba, sumaron la historia clínica de la joven en el Hospital López Lima; datos planimétricos del lugar donde supuestamente ocurrieron los hechos; la pericia psicológica realizada a la víctima; más fotos y conversaciones telefónicas recabadas por la Oficina Judicial de Intervenciones Telefónicas.
La defensa de Tobares, por su parte, se concentró en desestimar los cargos y afirmar que las pruebas presentadas no demostraban los hechos denunciados. Esta no fue la primera denuncia que se presentó contra el ex juez: hubo una anterior, que finalmente no prosperó por decisión personal de la denunciante y su familia.
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Sufrió fobia social: La empresa nunca le readecuó sus tareas y se consideró despedido
Ahora deberán indemnizarlo.
Un viajante de Cipolletti sufrió fobia social y, como resultado del tratamiento, su médico le prescribió no volver a tener contacto con clientes. Primero tomó una licencia pero cuando se le venció el periodo solicitó a la empresa la readecuación de tareas. Como la firma no lo hizo se consideró despedido. La Cámara Laboral determinó una indemnización a su favor.
El hombre se desempeñaba como viajante de una empresa de alarmas y su tarea consistía en vender productos y servicios del rubro. Cuando comenzó con síntomas de ansiedad, depresión y fobia social accedió a una licencia por enfermedad inculpable.
Después de un tiempo la empresa lo notificó del vencimiento del plazo de licencia y del inicio del periodo de reserva de puesto por un año, sin percepción de haberes. En esa instancia, el trabajador contestó que ya contaba con el alta aunque, por prescripción médica, debía acceder a una readecuación de tareas.
La firma le informó que lo sometería a una junta médica para corroborar las circunstancias pero ese anuncio no se concretó. Finalmente el trabajador se consideró despedido porque la empresa no cumplió con la readecuación, ni con el control médico de su diagnóstico, ni con el pago del salario correspondiente a ese mes.
El fallo de la Cámara Laboral condenó a ADT Security Services a abonarle al trabajador una indemnización por salarios adeudados, antigüedad, preaviso, proporcional de sueldo anual complementario, vacaciones no gozadas e indemnización por clientela. Esta última está prevista en el estatuto de trabajo del viajante de comercio e implica un 25% más del dinero previsto por los otros rubros. También se aplicó la multa de la Ley N° 25.323 que incrementa en un 50% las indemnizaciones no abonadas en el tiempo oportuno.
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Incrementan multa civil para contrarrestar los efectos del proceso inflacionario
Inicialmente se había fijado en 150 mil pesos y se incrementó en 10 veces con el objetivo de hacerle frente a la pérdida de poder adquisitivo.
Una multa civil que inicialmente se había fijado en $150.000 se incrementó en diez veces con el objetivo de hacerle frente a la pérdida de poder adquisitivo. El primer fallo condenó a la agencia a devolver el dinero abonado por la frustrada compra de un BMW, más una indemnización por daño moral y punitivo. En la apelación, el tribunal aumentó los montos.
El cliente consignó en la demanda que la Agencia BMW Rhein Motors S.A., promocionaba en periódicos y redes sociales la venta de automóviles con la asistencia de agentes de venta, por lo que recibió en su domicilio la visita de un vendedor, con quien suscribió una oferta de compra de un vehículo y entregó $40.000. En los meses siguientes continuó depositando sumas de dinero en pesos que eran convertidas al equivalente en dólares. Pretendía adquirir un BMW modelo 328 Luxury cero kilómetro.
El cliente abonó un total de seis cuotas. En total llegó a pagar 42.469 dólares, hasta que el Estado cambió el régimen en la alícuota aplicable y la operación se complejizó. El vehículo nunca se entregó y el contrato terminó disuelto.
El fallo de primera instancia condenó a la agencia a devolverle al cliente los 42.469 dólares o su equivalente en pesos al tipo de cambio. También fijó $20.000 por daño moral, que representan las afectaciones espirituales que le implicó la frustración del negocio, y una multa civil por daño punitivo de $150.000 por el incumplimiento de la ley de Defensa del Consumidor, puntualmente el deber de información.
En la apelación, se consideró que la firma no había devuelto hasta ese momento los 42.469 dólares y por eso se aplicaron intereses a ese rubro y al daño moral. Respecto de la multa civil se incrementó en $1.500.000. Se consideró «el perjuicio resultante de la infracción para el consumidor o usuario, que ha sido indicado, consistente en la retención inmotivada de importantes valores dinerarios, que además han sido signados por el proceso inflacionario y la pérdida de poder adquisitivo, amén de la impronta disvaliosa de las ahora múltiples cotizaciones de la divisa».
Por la disolución del contrato, se consideró que se trataba de un caso fortuito o de fuerza mayor ya que nada tuvieron que ver las partes – tanto la agencia como el cliente – en el cambio del régimen de la alícuota por parte del Estado.