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Judiciales

Desmontó una chacra en el Alto Valle: Promovió un juicio para cobrar la deuda y ahora tendrán que pagarle con intereses

La dueña de la chacra había negado la existencia de la deuda.

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Un hombre de Cipolletti que alquila máquinas viales y retroexcavadoras impulsó un juicio civil para cobrarse la deuda, luego de desmontar una chacra. Probó, no solo con documentos sino con testigos, que hizo limpieza de canales de riego y que incluso abrió calles y quitó una alameda. La propietaria fue condenada a pagar con intereses.

El proceso ya transitó las dos instancias con fallos favorables al trabajador. En un primer momento, cómo tenía los remitos firmados, inició gestiones extrajudiciales pero no pudo cobrar la deuda. De hecho la dueña de la chacra negó la existencia de ese saldo a favor.

En el juicio civil, el cipoleño presentó los remitos firmados por la propietaria del predio y por otra persona que trabaja para ella como encargado de la chacra. Se hizo una pericia caligráfica y se corroboró la veracidad de esos documentos.

También se ordenó un informe contable para determinar la deuda con los distintos intereses que se aplican en los Tribunales.

El trabajador llamó a declarar a los tres choferes que él mismo había contratado para que maniobraran las máquinas viales y las diferentes herramientas.

Esas personas afirmaron que hicieron movimientos de suelos, acopio y traslado de materiales, limpieza de canales de riego y desagües. Detallaron también que limpiaron establos, que quitaron los troncos con un camión y emparejaron calles.

Uno de los choferes declaró que él comandaba una retroexcavadora para quitar una alameda, sacar troncos afuera del inmueble y limpiar los canales de riego del campo de la demandada. Todas eran locaciones de servicios pactadas y presupuestadas con anterioridad.

En esta instancia la propietaria, además de la deuda contraída con el dueño de las máquinas, deberá pagar los gastos de la apelación, situación que incluye los honorarios de los abogados que intervinieron.

Judiciales

La Corte confirmó fallo que avala leyes que hicieron a Roca perder tierras en el perilago de Casa de Piedra

El Municipio había apelado la sentencia del Superior Tribunal de Justicia que ratificaba la aprobación de dos leyes en la Legislatura, las cuales amplían los ejidos de Huergo y Mainqué.

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La Corte Suprema de Justicia confirmó la Sentencia del Superior Tribunal de Justicia que había rechazado una acción de inconstitucionalidad promovida por la comuna de General Roca en relación a dos leyes provinciales que habían fijado los límites de Ingeniero Huergo y Mainqué. El establecimiento de los ejidos colindantes por parte de la Legislatura se realizó mediante las leyes 4317 y 4318, sancionadas por unanimidad.

Lo llamativo de la votación en el Parlamento rionegrino, es que había varios legisladores roquenses entre los que la aprobaron, entre ellos el ex intendente Martín Soria, justamente quien presentó el recurso ante el STJ.

El Municipio de Roca había objetado que afectaba las tierras que conforman el perilago del Embalse Casa de Piedra. Además, adujo que no había dictamen de comisión para la segunda vuelta y que se lesionaba la autonomía municipal.

El STJ declaró la causa «de puro derecho». Tuvo en cuenta en su voto mayoritario el informe legislativo respecto a que era una práctica del cuerpo, «por una cuestión de economía parlamentaria que cuando media acuerdo sobre las observaciones que se registran sobre los proyectos aprobados en primera vuelta se consideran cumplimentados los dictámenes previstos en el tercer párrafo del artículo 99 del Reglamento Interno de la Legislatura con el voto favorable de la Cámara».

En cuanto a la autonomía municipal, dijo que «así como el Estado Provincial no puede inmiscuirse en la organización municipal, el Municipio no puede exorbitar las potestades que constitucionalmente le son reconocidas, arrogándose atribuciones de otros poderes; en el caso, del Poder Legislativo provincial».

Así, «la determinación de los ejidos colindantes es asunto del Poder Legislativo Provincial según puede extraerse del artículo 227 -1er. Párr.- de misma norma fundamental».

De esta manera, afirmó la sentencia del STJ, «ha sido el Concejo Deliberante de General Roca, al regular sobre su ejido municipal, quien ha avanzado sobre potestades y competencias que la Constitución ha concebido de manera privativa para la Legislatura Provincial».

El fallo del Superior Tribunal rionegrino se dictó en mayo de 2016. Luego, el Municipio apeló ante la Corte Suprema. El máximo órgano judicial del país emitió ahora su sentencia, tras analizar cada uno de los planteos, y rechazó la pretensión de la comuna roquense. De esta manera, la resolución del STJ quedó firme.

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Compró un auto de 100.000 dólares y no lo pudo usar por falta de documentación

El damnificado estuvo casi un año sin poder utilizar el Chevrolet Camaro por problemas de facturación y documentación por parte de la concesionaria.

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A pesar de que el Chevrolet Camaro era cero kilómetro y recién lo había retirado de una concesionaria de Neuquén, su propietario estuvo casi un año sin poder usarlo. En un primer momento le entregaron unas patentes provisorias y tuvo que hacer hasta lo imposible para que no se lo secuestraran en Plaza Huincul por las irregularidades. Promovió un juicio y consiguió una solución al problema.

El caso transitó las dos instancias en el fuero Civil de Cipolletti y recientemente fue confirmada la sentencia. El cliente probó que adquirió en la concesionaria Sahiora S.A un costoso vehículo y que no lo pudo usar por falta de documentación. Esa situación se traduce en lo que en el derecho de daños se denomina privación de uso. Pero también se le aplicó a la vendedora una multa civil por todos los problemas que se presentaron con la facturación y con la entrega de la documentación para formalizar la inscripción del vehículo ante la Dirección Nacional del Registro del Automotor.

El damnificado contó 291 días de indisponibilidad del coche, pero el fallo tomó para la indemnización un total de 100 días ya que se fijó el punto de partida desde el vencimiento del plazo otorgado en la intimación.

El dueño sostuvo que retiró el auto cero kilómetro con unas patentes provisorias, entregadas por la concesionaria. En ese contexto, y cuando se encontraba en la localidad de Plaza Huincul, le aplicaron una multa por circular sin la documentación exigida por la Ley. Los inspectores de tránsito pretendían secuestrar el vehículo, aunque él evitó esa situación. Después no lo volvió a sacar a las calles. En ese período intentó resolver el problema de los papeles con urgencia. Hizo gestiones en forma personal, telefónica y mediante reuniones con el presidente de la firma. Es más, llegó a cursar tres intimaciones para hacerse de la factura y del resto de la documentación.

El fallo consideró que hubo un cumplimiento defectuoso o tardío por parte de la concesionaria de su obligación de emitir y entregar la factura de compra.

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Judiciales

Educación acuerda con el STJ simulacros de juicio por jurados en escuelas

La iniciativa busca difundir la incorporación legislativa del Juicio por Jurados en materia penal como herramienta democrática.

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El ministro de Educación y Derechos Humanos, Pablo Núñez, se reunió con la presidenta del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Liliana Piccinini, para celebrar un convenio cooperación que permitirá llevar adelante prácticas de «Simulacro de Juicio por Jurados en Escuelas Secundarias». Acompañaron la firma los jueces, Sergio Barotto y Sergio Ceci, y el secretario de Educación, Duilio Minieri.

La prueba piloto se realizará con estudiantes de los cursos de los últimos años de escuelas secundarias de Villa Regina, General Enrique Godoy e Ingeniero Huergo.

La primera etapa se centrará en la coordinación general. Para esto, se visitarán las escuelas participantes y se mantendrá reuniones con los y las docentes y equipos directivos con el fin de organizar el trabajo a realizar y despejar dudas que surjan para su aplicación.

La segunda etapa será de sensibilización. En esta instancia se explicará a las y los estudiantes la fundamentación de un Juicio por Jurados y se les entregará un escrito y folletería institucional respecto de la incorporación y función de este nuevo dispositivo judicial.

Luego, accederán a los guiones correspondientes al caso que deban tratar en el simulacro, a la vez que se les explicará la fundamentación pedagógica y la consigna grupal.

Ya en la tercera etapa se llevará a cabo una capacitación específica de acuerdo al rol de cada estudiante en el simulacro y se tratarán las dudas surgidas del primer encuentro y del material recibido. Una vez culminadas estas instancias, se desarrollarán los simulacros con los tres cursos o grupos de estudiantes seleccionados.

Esta iniciativa busca difundir la incorporación legislativa del Juicio por Jurados en materia penal como herramienta democrática. Además de fomentar el conocimiento de los estudiantes respecto del funcionamiento de la Justicia de la Provincia y acercar herramientas para entender los casos, alcances y requisitos en los que actúa el o la ciudadana como Jurado.

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