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Río Negro

Ordenaron al gobierno provincial que garantice el acceso a la educación a toda la comunidad de paraje Río Chico Abajo

El Ministerio tiene un plazo de 15 días hábiles para presentar una planificación concreta al respecto.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ordenó al Ministerio de Educación y DDHH de Río Negro, en el marco de una acción de amparo, garantizar el acceso a la educación de todas las personas que habitan el paraje Río Chico Abajo y otorgó a esa cartera un plazo de 15 días hábiles para presentar una planificación concreta que resuelva la falta de acceso de esa comunidad a los ámbitos de educación formal obligatoria.

El fallo, que lleva el voto inicial del juez Sergio Barotto y la adhesión de los demás vocales del STJ, ordena al Ministerio “garantizar el acceso al servicio de educación pública a todas las personas humanas que habiten en el ámbito físico del Paraje Río Chico Abajo, ya se trate de niños, niñas, adolescentes o adultos/as” y exige que la planificación requerida precise “acciones, plazos y nómina de funcionarios responsables” de cumplir la manda judicial.

La decisión judicial se dictó a raíz de las apelaciones interpuestas por la Fiscalía de Estado y la Defensa Pública contra la sentencia de amparo dictada en el Juzgado N° 11 de El Bolsón, que brindaba una solución puntual a una niña del paraje que perdió la escolarización debido al cierre de la Escuela N° 331, dispuesto en 2017 por el Consejo Provincial de Educación.

El juez Barotto propuso revocar aquella sentencia y dictar una de mayor alcance, por considerar “evidente que las consecuencias de las decisiones administrativas indicadas impactaron al conjunto de pobladores del Paraje (…) que tenían interés en el mantenimiento del servicio educativo”.

Puntualizó que durante la tramitación del expediente, además del reclamo inicial por la situación de dos alumnas, se advirtió el perjuicio a otros niños y niñas del paraje y al grupo de jóvenes y adultos que también se vieron afectados por el cierre de la Escuela Nº 35, que funcionaba como Anexo nocturno de la Escuela N° 331. Esa preocupación fue reflejada incluso por la Municipalidad y el Concejo Deliberante de Ingeniero Jacobacci y por el Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas (CODECI), que reclamó el derecho a la educación intercultural bilingüe respecto de los integrantes de la Comunidad Mapuche Peñi de Río Chico. Además el Sr. Guillermo Pinchulef, Lonko de la mencionada Comunidad, se incorporó a la causa en carácter de colaborador (Amicus Curiae) representado también por la Defensa Pública.

El alcance comunitario de la problemática, finalmente, fue certificado mediante un informe de situación que realizó el Departamento de Servicio Social del Ministerio Público, a requerimiento del STJ.

Durante el proceso surgieron desde Educación algunas propuestas alternativas que no prosperaron, como asignar una vivienda para tres familias en la localidad donde funciona la escuela más cercana o trasladar a los niños y niñasa la Escuela Hogar Mamuel Choique, distante a 80 km del paraje.

Afectación de derechos y garantías

Se señaló en la decisión judicial adoptada que “la fijación de políticas educativas, así como la planificación, organización y administración del sistema educativo son, por imperio constitucional, privativas del Consejo Provincial de Educación”, por lo que no corresponde, “en principio, la intromisión del Poder Judicial” en esas decisiones. Sin embargo, se explicó que el Poder Judicial tiene el deber de dar curso a la acción de amparo “cuando tales obrares afectan negativamente derechos y garantías fundamentales de niños, niñas, adolescentes o inclusive de personas adultas en proceso de escolarización, reconocidos en las Constituciones o en leyes superiores”.

“Concretamente, no es atribución judicial valorar la eficacia o la eficiencia de tal tipo de política institucional (…) pero sí incumbe al Poder Judicial determinar -en el caso concreto- si concurre una alteración de los referidos derechos y garantías”, indicó el fallo.

Por ello, se precisó que “no corresponderá indicar al Ministerio de Educación y Derechos Humanos provincial cómo debe garantizar los derechos constitucionales educativos del grupo poblacional afectado por sus obrares legítimos, pero sí corresponderá ordenar a esa dependencia que deberá garantizar el acceso a un servicio de educación pública a todas las personas humanas que habiten en el ámbito físico del Paraje Río Chico Abajo”.

La decisión a la postre adoptada por el STJ se apoyó, entre otras normas, en la Convención Internacional de los Derechos del Niño; en la Constitución de la Provincia de Río Negro, que define a la cultura y la educación como “derechos esenciales de todo habitante y obligaciones irrenunciables del Estado” y en la ley provincial D 4109 de Protección Integral de los Derechos de las niñas, los niños y los adolescentes, que dispone la obligación estatal de asegurarles con «absoluta prioridad» el efectivo goce del derecho a la educación.

“Una solución que se imponga desde esta instancia solo será justa y cumplirá cabalmente con la normativa constitucional y reglamentaria detallada antes, si contempla los intereses educativos de todos los pobladores del Paraje Río Chico Abajo, sean estos niños, niñas, adolescentes o adultos/as”, concluyó el juez votante en primer término.

Deberes de los adultos

En otro tramo del fallo, el juez Barotto recalcó el “deber de colaboración” que corresponde en este caso a las familias de los niños y niñas y a la población afectada.

“La Constitución Provincial no solamente enumera los derechos de los que gozan los habitantes de esta Provincia sino que también dispone una serie de deberes para las mismas personas. (…) En el caso, el deber social de la hora es actuar de manera tal que cada habitante del Paraje Río Chico Abajo haga de sí todo lo que se encuentre a su alcance para que su propia persona y la de sus vecinos puedan tener el mayor y mejor grado de educación; y mucho más fuerte es dicho deber social en el caso de los padres y familiares de los niños, niñas y adolescentes que viven en esa zona”, indicó.

La resolución

En primer lugar el fallo rechazó el recurso de apelación de la Fiscalía de Estado e hizo lugar a la apelación de la Defensa Pública de Menores e Incapaces.

Como consecuencia dispuso “ordenar al Ministerio de Educación y Derechos Humanos garantizar el acceso al servicio de educación pública a todas las personas humanas que habiten en el ámbito físico del Paraje Río Chico Abajo”, imponiendo el plazo de 15 días para la presentación de una planificación acorde.

También ordenó al Ministerio que en un plazo de 48 horas formalice una propuesta de solución puntual para la familia de la niña que inició el amparo. Esa propuesta se notificará electrónicamente al Juez de Paz de la localidad de Río Chico para que el funcionario “en forma inmediata cite al grupo familiar de mención, a los cuales notificará fehacientemente de la propuesta referida y, en el mismo acto, les requerirá se manifiesten si aceptan o no la misma, brindado los fundamentos correspondientes en caso de no aceptación”. La sentencia prevé en este punto que la familia deberá ser informada sobre su “deber primario” de proporcionar a los menores de edad a su cargo “las condiciones de vida necesarias para un adecuado desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social”, tal como lo prevé la Ley D Nº 4.109 de Protección Integral.

Por último la sentencia ordenó al Ministerio que informe todo actuado frente a la falta de total de escolarización de otra niña de la comunidad y que indique un plan de acción para revertir esa situación.

Deportes

Juegos de la Araucania: Río Negro logró su sexto título consecutivo

La Provincia sigue haciendo historia.

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Tras una intensa semana de competencia en los Juegos de la Araucanía, Río Negro sigue haciendo historia: defendió la corona de campeona y extendió su racha ganadora a 6 conquistas consecutivas.

Fueron 218 puntos, 210 para La Pampa (2°) y 174 para Los Lagos (3°). Para alcanzar este resultado, las y los rionegrinos se llevaron la copa de oro en natación, básquet, ciclismo masculino y básquet femenino; plata en judo, fútbol y vóley femenino; bronce en fútbol masculino; cuarto puesto en ciclismo femenino; sexto puesto en judo masculino, atletismo y natación femenina; séptimo lugar en vóley masculino; noveno en atletismo masculino.

Cabe destacar que Río Negro marcó un nuevo récord con la mayor cantidad de puntos cosechados por una delegación en las 32 ediciones de los Juegos de la Araucanía, superando su propia marca de 2023 donde sumó 214; previo a eso el récord también estaba en manos rionegrinas con los 209 puntos acumulados en 2022 y antes los 204 en 2019.

Este histórico hito se suma al de ser la primera delegación en defender la corona de campeona por cinco años consecutivos y lograr el primer hexacampeonato de los Juegos. Además extendió su palmarés como la Provincia más ganadora con 16 conquistas (sus inmediatos perseguidores son La Pampa y Bío Bío con 5 títulos cada uno).

De esta manera las y los rionegrinos volvieron a ser protagonistas de los Juegos y dejaron en claro por qué Río Negro es siempre candidata a volver a lo más alto del podio.

En este sentido el secretario de Deporte y recientemente elegido como presidente del Ente Patagónico Deportivo, Nahuel Astutti, afirmó que «nuestros atletas nos han representado de una manera que nos infla el pecho de orgullo, no solo dentro sino fuera de la cancha” y agregó que “estamos felices de la semana que hemos vivido aquí en La Pampa y de ver los resultados de un año de trabajo tanto de la Secretaría de Deporte, como de federaciones, clubes y por supuesto las y los deportistas».

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Judiciales

Detectaron faltantes en la bóveda de un casino y confirmaron el despido

Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones

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Una trabajadora del casino Crown de Cipolletti fue despedida luego de que una auditoría interna detectara maniobras irregulares en el manejo de dinero. Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones. La Cámara del Trabajo de Cipolletti confirmó la validez del despido con causa dispuesto por la empresa.

La persona se desempeñaba en el área de Tesorería del casino y contaba con acceso directo a los sistemas de resguardo de valores. Según el fallo, durante varias jornadas se detectaron diferencias entre los montos informados como recaudación en mesas de juego y los valores efectivamente encontrados al realizar el conteo. Las grabaciones mostraron una secuencia reiterada de ingresos en soledad a la bóveda, manipulación de drop box sin autorización y acciones contrarias a los protocolos internos.

Al momento de retirarse del establecimiento, la trabajadora fue interceptada por personal de seguridad. En presencia de un escribano se constató que llevaba consigo una suma importante de dinero, sin haberla declarado previamente al ingresar, tal como lo exigían las normas internas de la empresa. La empleadora consideró que estos hechos configuraron una violación de los deberes de buena fe, diligencia y lealtad, y notificó el despido con causa mediante acta notarial.

Durante el proceso judicial, testigos del área de vigilancia, seguridad y administración relataron que las diferencias de dinero sólo se produjeron cuando la trabajadora cumplía turno en el área. También indicaron que no existía ninguna necesidad operativa para los movimientos que realizaba dentro de la bóveda, y que el comportamiento registrado en las cámaras se repitió durante varias jornadas consecutivas.

El voto mayoritario del fallo destacó que la empleadora actuó de manera inmediata al constatar las irregularidades y que comunicó la decisión en forma clara y fundada. El tribunal valoró la prueba testimonial, documental y técnica, y concluyó que la conducta de la trabajadora resultó incompatible con las funciones que desempeñaba y con los niveles de confianza que exige el manejo de fondos.

Con esos fundamentos, la Cámara del Trabajo resolvió rechazar la demanda iniciada por la trabajadora y confirmó la legalidad del despido con causa comunicado por el casino Crown.

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Política

Empresa israelí realizó un estudio hídrico de la provincia

Se presentó oficialmente el Plan Maestro para el Sector Hídrico. Fue financiado por el CFI y contó con la asistencia del DPA y consultores especializados.

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El Gobierno de Río Negro presentó oficialmente el Plan Maestro para el Sector Hídrico, un estudio estratégico elaborado por Mekorot, la empresa estatal israelí reconocida mundialmente por su experiencia en gestión del agua. El trabajo fue financiado por el Consejo Federal de Inversiones (CFI) y contó con la asistencia técnica permanente del Departamento Provincial de Aguas (DPA) y de consultores especializados.

La primera instancia se desarrolló en el Salón Gris de Casa de Gobierno, donde el gobernador Alberto Weretilneck encabezó la actividad. Representantes de la empresa expusieron los principales lineamientos del estudio ante miembros del equipo de gobierno y referentes de las áreas vinculadas al uso y la gestión del agua.

Más tarde, la presentación se realizó en la Legislatura, en un encuentro convocado por la Comisión de Planificación, Asuntos Económicos y Turismo, presidida por el legislador Carlos Valeri. Allí, las y los parlamentarios accedieron a los detalles del diagnóstico y sus recomendaciones.

El estudio demandó varios meses de trabajo, con una participación activa del DPA en el análisis, las devoluciones técnicas y cada etapa de evaluación. También intervinieron la Secretaría de Estado de Energía y Ambiente, la Secretaría de Agricultura, Aguas Rionegrinas, cooperativas de agua potable y operadores de plantas de agua y saneamiento.

Una hoja de ruta para los próximos 30 años

El coordinador de Proyectos Internacionales de Mekorot, Diego Berger, junto al director de Proyectos, Juan Andrés Pina, presentaron los siete ejes centrales que estructuran el Plan Maestro y que proyectan una hoja de ruta para fortalecer la seguridad hídrica, la infraestructura y la planificación de largo plazo en la provincia.

Tras la exposición, el equipo técnico del DPA respondió consultas y profundizó en los aspectos metodológicos y técnicos del diagnóstico.

El superintendente del DPA, Gastón Renda, destacó el valor del trabajo conjunto entre Mekorot, el CFI y el organismo provincial. Subrayó la importancia de contar con un estudio que aporta previsibilidad para los próximos 30 años, con un diagnóstico sólido y la sistematización de información clave para la toma de decisiones estratégicas.

El Plan Maestro incluyó:

  • La revisión de normativas, procesos y métodos vigentes en la gestión del agua.
    Una evaluación detallada de la infraestructura hídrica y los sistemas existentes en Río Negro.
    Propuestas de mejora basadas en estándares internacionales.
    Una mirada externa e independiente sobre la situación hídrica de la provincia.

Este estudio se suma a los ya realizados Plan Maestro Valle Medio y Estudio Integral del Río Negro, y se convierte en una herramienta fundamental para fortalecer la gestión integral del recurso hídrico, planificar inversiones y mejorar la eficiencia en el uso y distribución del agua en todo el territorio provincial, en un contexto de cambio climático.

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